SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 132078 del 08-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 976764867

SENTENCIA de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN PENAL nº T 132078 del 08-08-2023

Sentido del falloCONFIRMA IMPROCEDENCIA
EmisorSala de Casación Penal
Número de sentenciaSTP11475-2023
Fecha08 Agosto 2023
Tribunal de OrigenSala Penal del Tribunal Superior de Bogotá
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
Número de expedienteT 132078





SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2



LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

Magistrado ponente


STP11475-2023

Radicación #132078

Acta 150


Bogotá, D. C., ocho (8) de agosto de dos mil veintitrés (2023).


VISTOS:


Resuelve la Sala la impugnación presentada por CRISTIAN FELIPE SANABRIA SANABRIA respecto de la sentencia proferida el 10 de julio de 2023 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, mediante la cual declaró improcedente la acción de tutela contra las Fiscalías 411, 137, 366 Seccional y 517 Local, de la Unidad de Delitos contra la Libertad, Integridad y Formación Sexual de Bogotá, los Juzgados 35 y 57 Penales Municipales con Función de Control de Garantías de la ciudad y la Procuraduría General de la Nación.


El trámite se hizo extensivo a C.M.D., defensora pública, la Defensoría del Pueblo, los Juzgados 13 y 52 Penales del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, C.A.M., abogado contractual del accionante y a las partes e intervinientes dentro del proceso penal 11001600005020215212200.


FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:


Previa reprogramación, el 28 de noviembre de 2021, ante el Juzgado 52 Penal Municipal de Bogotá con Función de Control de Garantías, la Fiscalía General de la Nación imputó a C.F.S.S. el delito de acoso sexual agravado, conforme la denuncia presentada en su contra por A.M.M.G.. El procesado no aceptó los cargos.


En dicha diligencia, en criterio del accionante, se incurrió en varias irregularidades a saber: (i) aunque la calificación realizada no se adecuaba a los hechos jurídicamente relevantes, la imputación se aprobó; (ii) le fue imputado el delito con agravante pretextando que la víctima era su empleada, sin serlo; (iii) no se le permitió ejercer su derecho de contradicción y defensa, pues no solo no estuvo presente el ministerio público, sino que su apoderado contractual no estaba debidamente preparado; (iv) se desconoció su presunción de inocencia y no tuvo la oportunidad de rendir su versión y (v) la Fiscalía 411 Seccional a quien le correspondió la indagación, no fue la autoridad que lo imputó, sino el F.5.L..

El 23 de junio de 2023, se adelantó la audiencia de formulación de acusación en contra de SANABRIA SANABRIA.


La parte actora solicitó al juez constitucional proteger sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia, confianza legítima, defensa, honra y buen nombre. Pretende, entre otras cosas, que (i) se decrete la nulidad de la audiencia de formulación de imputación; (ii) se expidan en su favor copias de la actuación y (iii) se le informe la razón por la cual no le fue permitida su declaración dentro del trámite.


TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:


Por auto del 26 de junio de 2023, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá admitió la tutela y corrió traslado al sujeto pasivo y vinculados.


El Juzgado 35 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bogotá informó que el proceso le fue asignado el 28 de abril de 2022 para realizar audiencia de imputación. Explicó los pormenores de la reprogramación de la misma y la competencia de la fiscalía en el territorio nacional.


Dijo, además, que la Fiscalía, por solicitud de la defensa, aclaró la circunstancia de la agravación punitiva y que el Ministerio Público sí se hizo presente. Pidió, en consecuencia, no acceder a los...

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