SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2008-01451-02 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 23-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896183275

SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2008-01451-02 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 23-04-2021

Sentido del falloINHIBITORIO
Fecha de la decisión23 Abril 2021
Número de expediente05001-23-31-000-2008-01451-02
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / RECURSO DE APELACIÓN CONTRA SENTENCIA / TITULO DE IMPUTACIÓN DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / DEMANDA / CONTENIDO DE LA DEMANDA / PRETENSIONES DE LA DEMANDA / DERECHO DE ACCIÓN / DAÑO ANTIJURÍDICO / ANTIJURICIDAD DEL DAÑO / FUNDAMENTO FÁCTICO DE LA DEMANDA / PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ / LÍMITES DEL PRONUNCIAMIENTO DEL JUEZ / MARCO DE COMPETENCIA DEL JUEZ DE SEGUNDA INSTANCIA

[P]ara determinar el título de imputación de responsabilidad es necesario remitirse a la demanda, por cuanto dicho acto procesal es el que permite deducir el derecho que se reclama a partir de la existencia de un daño y su antijuridicidad y, por tanto, de la redacción de las pretensiones y de los hechos, así como, de la interpretación íntegra que hace el juez de ésta, se deriva la determinación del daño y la causa sobre la que se funda la acción. Así, es posible establecer la causa petendi y trabar el litigio, los cuales obligan al juez a circunscribirse a los temas tratados por la demanda y sus contestaciones, con el fin de evitar una sentencia ultra, extra o citra petita.

PRETENSIONES DE LA DEMANDA / CONTENIDO DE LA DEMANDA / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD APLICABLE EN CASOS DE PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / DEMANDA / INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA - Antes de la preclusión del proceso penal / PRECLUSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL

[E]l ejercicio señalado se impone, cuando de por medio el apelante reclama la aplicación del régimen de responsabilidad del Estado por privación injusta de la libertad, frente a una demanda presentada varios años antes de que el proceso penal finalizara por preclusión, soportada originariamente en la falla que por error judicial salía al descubierto, al haber sido destinatario de una medida privativa de la libertad bajo una providencia que fue declarada nula por contravenir el régimen aplicable a la materia.

FACULTADES DEL JUEZ DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO / FUNCIÓN INTERPRETATIVA DEL JUEZ / INTERPRETACIÓN OFICIOSA DEL JUEZ / DEBER DE ESTUDIAR LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA / FUNDAMENTO FÁCTICO DE LA DEMANDA / INTERPRETACIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA / INTERPRETACIÓN DE LA DEMANDA POR EL JUEZ / FACULTAD DISCRECIONAL DEL JUEZ / DERECHO AL DEBIDO PROCESO / DERECHO DE DEFENSA / GARANTÍA DEL DERECHO A LA DEFENSA / GARANTÍAS DEL DERECHO AL DEBIDO PROCESO / RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD APLICABLE EN CASOS DE PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD - Inaplicación / DEMANDA / INTERPOSICIÓN DE LA DEMANDA - Antes de finalizado el proceso penal / PRECLUSIÓN DE LA ACCIÓN PENAL - No había sido declarada al momento de presentar la demanda / SENTENCIA PENAL ABSOLUTORIA - No había sido proferida al momento de presentar la demanda

[E]l juez se encuentra facultado para determinar si la decisión debe ceñirse al problema jurídico planteado inicialmente o si este debe ser ampliado o ajustado al trámite que corresponda a los hechos y pretensiones de la demanda, todo esto, sin perjuicio del respeto a la garantía del debido proceso y derecho de defensa de los sujetos comprometidos en el litigio, cuya observancia se debe mantener a lo largo del curso del proceso. (…) [D]e la interpretación integral de las pretensiones, ii) del análisis del contexto de la demanda, iii) del régimen normativo sobre la materia, y iv) de los hechos que la fundamentan, la Sala reitera que la demanda se presentó con anterioridad a que se profiriera sentencia absolutoria o resolución de preclusión a favor del sindicado, razón por la cual, para el momento de incoar la acción no era procedente resolver el debate jurídico a partir del título de imputación de la privación injusta de la libertad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre el marco fundamental de competencia del juez de segunda instancia ver sentencia del 27 de agosto de 2020, Exp. 64564, C.M.N.V.R..

RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / ERROR JURISDICCIONAL / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR ERROR JURISDICCIONAL / LÍMITES DEL DERECHO A LA LIBERTAD / SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / RESOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / IMPOSICIÓN DE MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / DETENCIÓN PREVENTIVA / NULIDAD DEL PROCESO PENAL / SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO / LIBERTAD DEL PROCESADO

[L]a limitación del derecho a la libertad al que fue sometido el actor, debe considerarse como derivado del supuesto error jurisdiccional contenido en la providencia que definió la situación jurídica del demandante imponiéndole medida de aseguramiento, el cual presuntamente se evidenció en el proveído que declaró la nulidad de todo lo actuado y ordenó su libertad inmediata.

DAÑO CAUSADO POR LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / LEY ESTATUTARIA DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DEL ESTADO / DISPOSICIÓN CONSTITUCIONAL / RAMA JUDICIAL / TÍTULO DE IMPUTACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / ERROR JURISDICCIONAL / DEFECTUOSO FUNCIONAMIENTO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

Al respecto, la Sala encuentra pertinente precisar que la Ley 270 de 1996 - Estatutaria de la Administración de Justicia -, en desarrollo de la cláusula general de responsabilidad prevista en el artículo 90 de la Constitución Política, reguló el tema de la responsabilidad del Estado derivada del funcionamiento de esta Rama del Poder Público, diferenciando tres títulos de imputación jurídica, a saber, i) el error jurisdiccional, ii) el defectuoso funcionamiento de la administración de justicia y iii) la privación injusta de la libertad.

FUENTE FORMAL: LEY 270 DE 1996 / CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 90

PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / IMPUTACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / SENTENCIA PENAL ABSOLUTORIA / ERROR JURISDICCIONAL / PRESUPUESTOS DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR ERROR JURISDICCIONAL / REQUISITOS DEL ERROR JURISDICCIONAL / ERROR JUDICIAL / ERROR DE HECHO / ERROR DE DERECHO / ERROR JUDICIAL NORMATIVO / ERROR DE DERECHO EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA / ERROR DE HECHO EN LA VALORACIÓN DE LA PRUEBA / INDEBIDA APLICACIÓN DE LA NORMA PROCESAL / INAPLICACIÓN DE LA NORMA / APLICACIÓN INDEBIDA DE LA LEY / INTERPRETACIÓN INDEBIDA DE LA LEY

[R]especto de los títulos de privación injusta de la libertad y error jurisdiccional, atendiendo el marco normativo señalado, la jurisprudencia de esta Sección ha precisado que la responsabilidad del Estado por la privación injusta de la libertad se predica frente a situaciones en que una persona ha sido privada de la libertad de manera preventiva y absuelta en sentencia ejecutoriada o su equivalente; mientras que, el error jurisdiccional procede frente a las providencias judiciales que se consideren como causantes del daño, por no tener justificación fáctica o jurídica, al carecer de razonamientos válidos, aceptables y coherentes, bien porque surjan de una inadecuada valoración de las pruebas (error de hecho), de la falta de aplicación de la norma que corresponde al caso concreto o de la indebida aplicación de la misma (error de derecho).

NOTA DE RELATORÍA: Sobre los títulos de imputación de responsabilidad del Estado por daños causados por la administración de justicia, ver sentencia del 9 de junio de 2005, Exp. 14740, C.R.S.C.P., sentencia del 14 de agosto de 2008, Exp. 16594, C.M.F.G., sentencia de 10 de agosto de 2010, Exp. 41671, C.C.A.Z.B., sentencia de 12 de octubre de 2017, Exp. 35337, C.M.N.V.R., sentencia de 27 de septiembre de 2018, Exp. 39756, C.C.A.Z.B..

PROLONGACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / DAÑO ANTIJURÍDICO / PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / RESOLUCIÓN DE LA SITUACIÓN JURÍDICA EN EL PROCESO PENAL / IMPOSICIÓN DE MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / DETENCIÓN PREVENTIVA / NULIDAD DEL PROCESO PENAL / SENTENCIA QUE DECLARA LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO / LIBERTAD DEL PROCESADO / CAUSA GENERADORA DEL DAÑO / ERROR JURISDICCIONAL / ERROR DE HECHO / ERROR DE DERECHO / ERROR JUDICIAL NORMATIVO

[A]l analizar los aspectos fácticos y jurídicos de la demanda presentada por el actor, la Sala observa que, aun cuando las pretensiones se contraen a la declaratoria de responsabilidad de las demandadas y la solicitud de los perjuicios derivados de la privación de la libertad del señor (…), lo cierto es que, su privación de la libertad se prolongó hasta (…) cuando se ordenó su libertad, en virtud de la nulidad de la medida de aseguramiento declarada por el Juzgado. Así las cosas, al determinar el título de imputación que debe gobernar el presente asunto, el daño identificado por el actor, esto es, la privación de su libertad (…), si bien obedeció a una medida preventiva para asegurar su comparecencia al proceso penal, no derivó su carácter de injusto de una absolución reconocida en sentencia ejecutoriada o resolución de preclusión, sino de los errores de hecho y de derecho en los que presuntamente se incurrió en la providencia que...

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