SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2006-00498-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 10-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896192098

SENTENCIA nº 05001-23-31-000-2006-00498-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 10-05-2021

Sentido del falloACCEDE
Fecha de la decisión10 Mayo 2021
Número de expediente05001-23-31-000-2006-00498-01
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / IMPOSICIÓN DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA / DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / FALLA EN EL SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA / RECONOCIMIENTO DE PERJUICIOS

[A]nte el incumplimiento de los requisitos exigidos por la ley procesal vigente para la imposición de la medida de aseguramiento de detención preventiva, la Sala declarará la responsabilidad de la [demandada] por la falla en el servicio y ordenará el pago de los perjuicios causados a los demandantes por la privación injusta de la libertad [de la víctima].

MÉTODO DE PONDERACIÓN / ACREDITACIÓN DEL DAÑO ANTIJURÍDICO / LÍMITES DEL DERECHO A LA LIBERTAD / VIOLACIÓN DEL DERECHO AL BUEN NOMBRE / PRESUNCIÓN DE LEGALIDAD DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / INEXISTENCIA DE LA CULPA DE LA VÍCTIMA / CAUSALES EXCLUYENTES DE RESPONSABILIDAD DEL ESTADO / IMPUTACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / LIQUIDACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / IMPROCEDENCIA DE LA CONDENA EN COSTAS

[L]a Sala abordará los asuntos en el siguiente orden: primero, identificará que este caso se acreditó un daño derivado de la afectación al derecho a la libertad y otro derivado de la vulneración del buen nombre. Luego, analizará la legalidad de la privación de la libertad y profundizará en las razones anunciadas por las que no cumplió con los requisitos de ley. Ante la ausencia de la culpa de la víctima como causal eximente de responsabilidad […], imputará el daño a la [entidad demandada]. Finalmente, liquidará la indemnización de los perjuicios y declarará improcedente la condena en costas.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la metodología de análisis de la responsabilidad patrimonial del Estado por privación injusta de la libertad, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 4 de junio del 2019, rad. 39626, C.P.A.M.P..

JUSTIFICACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / CRITERIO DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN / PRESUNCIÓN DE CULPABILIDAD / PARTÍCIPE DE LA CONDUCTA PUNIBLE / CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS LEGALES DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / FINALIDAD DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / IMPOSICIÓN DE LA MEDIDA DE ASEGURAMIENTO / ASEGURAMIENTO DE LA PRUEBA / CUMPLIMIENTO DE LA PENA / PROTECCIÓN DE LA POBLACIÓN

[E]n relación con la necesidad de la medida de aseguramiento impuesta [al demandante], la Sala advierte que la fiscalía se limitó a constatar su presunta responsabilidad en la conducta investigada […] pero no explicó por qué en este caso en concreto se cumplían los fines constitucionales y legales para la imposición de una medida de aseguramiento. [N]o argumentó por qué era necesaria para resguardar la actividad probatoria del proceso, garantizar el eventual cumplimiento de la pena o para la protección de la comunidad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre los criterios de razonabilidad, proporcionalidad y legalidad de la medida de aseguramiento, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, Sentencia del 28 de febrero de 2019, rad. 59406, C.P.M.N.V.R..

INEXISTENCIA DE LA CULPA DE LA VÍCTIMA / CAUSAL DE EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / INEXISTENCIA DE EXIMENTE DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO / CAUSACIÓN DEL DAÑO / CONDUCTA DE LA PARTE DEMANDANTE / ARGUMENTACIÓN DE LA PRUEBA / INOCENCIA DEL SINDICADO / INVESTIGACIÓN DE LA CONDUCTA PUNIBLE

[L]a Sala no advierte la configuración de la culpa exclusiva de la víctima, causal eximente de responsabilidad posible en materia de privaciones injustas de la libertad. El demandante […] no desplegó ninguna actuación de la cual se pudiese predicar su incidencia en la causación del daño. Por el contrario, sus intervenciones se circunscribieron a presentar los argumentos y las respectivas justificaciones, tendientes a demostrar su inocencia en el comportamiento investigado.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la culpa exclusiva de la víctima, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 14 de septiembre de 2017, rad. 46452, C.P.M.N.V.R. (e); y Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 19 de abril de 2018, rad. 50839, C.P.M.N.V.R..

INTERVENCIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN / CARENCIA DE VALOR PROBATORIO DE LA PRUEBA DOCUMENTAL / RESPONSABILIDAD DEL PROCESADO / INVESTIGACIÓN DE LA CONDUCTA PUNIBLE / ACTIVIDAD POLICIAL / INFORME DE INTELIGENCIA DEL EJERCITO NACIONAL / VALOR PROBATORIO DEL INFORME DE POLICÍA JUDICIAL / INTERPRETACIÓN DEL ORDENAMIENTO JURÍDICO / RESERVA DEL INFORME DE LA INVESTIGACIÓN

[L]a Sala observa que la fiscalía se apoyó en elementos que carecían de la condición de prueba […], no tenían la suficiente fuerza de convicción para establecer la materialidad y presunta responsabilidad penal del entonces procesado en la conducta investigada. [E]l informe rendido […] por el grupo CTI de Medellín contenía los resultados de las labores […] adelantadas por la policía judicial, con ocasión del informe de inteligencia presentado por el Ejército […]. [A]l aludido informe se le otorgó un valor probatorio distinto del autorizado por el ordenamiento jurídico, toda vez que el artículo 314 del C.P.P. establece que solo podrán servir como criterios orientadores de la investigación.

FUENTE FORMAL: LEY 600 DE 2000ARTÍCULO 314

NOTA DE RELATORÍA: Sobre el valor probatorio de los informes de Policía Judicial, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia del 6 de diciembre de 2018, rad. 42933, C.P.R.P.G.; y Corte Constitucional, sentencia C-392 del 6 de abril de 2000, M.P.A.B.C..

PERJUICIO MORAL POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD / PADECIMIENTOS QUE SUFRE LA PERSONA CON OCASIÓN DEL DAÑO / VÍCTIMA DIRECTA / FAMILIA DE LA VÍCTIMA / PROLONGACIÓN DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / DECISIÓN DE PRIMERA INSTANCIA / TOPE DE LA INDEMNIZACIÓN DEL PERJUICIO MORAL / TÉRMINO DE LA PRIVACIÓN DE LA LIBERTAD / RECONOCIMIENTO DEL PERJUICIO MORAL POR PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD

[L]a privación de la libertad causa una afectación de índole moral, así como sentimientos de angustia, zozobra e incertidumbre, entre otros, tanto en la persona que sufre la detención, como en su núcleo familiar y afectivo. [T]eniendo en cuenta el tiempo de privación de la libertad indemnizable, según lo solicitado en la demanda y reconocido en la sentencia de primera instancia […], la Sala se moverá dentro de los topes mínimos y máximos de indemnización señalados en la Sentencia de unificación de 28 de agosto de 2014, en la que se asignó un valor monetario, según el tiempo de efectiva privación de la libertad.

NOTA DE RELATORÍA: Sobre la tasación de perjuicios morales en caso de privación injusta de la libertad, cita: Consejo de Estado, Sala Plena de la Sección Tercera, sentencia de unificación jurisprudencial del 28 de agosto de 2014, rad. 36149, C.P.H.A.R. (e).

DECLARACIÓN DEL TESTIMONIO / PARTE DEMANDANTE / ACTIVIDAD COMERCIAL DE VENTA DE ALIMENTOS / ARTÍCULOS DE PRIMERA NECESIDAD / INGRESO EN DINERO / GASTO DE SOSTENIMIENTO / NÚCLEO FAMILIAR / CÁLCULO DEL INGRESO NETO / ACTIVIDAD ECONÓMICA / BASE DE LIQUIDACIÓN DE PERJUICIOS / INGRESO BASE DE LIQUIDACIÓN PARA CÁLCULO DEL LUCRO CESANTE / APLICACIÓN DE PRESUNCIÓN DEL SALARIO MÍNIMO LEGAL / CONCEPTO DE PRESTACIONES SOCIALES / RECONOCIMIENTO DEL PERJUICIO MATERIAL EN LA MODALIDAD DE LUCRO CESANTE

[D]e las declaraciones que obran en el expediente se desprende que el demandante tenía una tienda para la venta de abarrotes y alimentos de primera necesidad, actividad que le generaba los ingresos necesarios para su sustento y el de su familia. [E]l demandante no logró demostrar el monto que percibía mensualmente por el desarrollo de esta actividad, por lo que liquidó este perjuicio de acuerdo con el salario mínimo legal vigente de la fecha de la sentencia, sin incrementar el ingreso […] por concepto de prestaciones sociales. [U]na vez actualizada dicha cifra, la Sala reconocerá [perjuicios] por concepto de lucro cesante.

NOTA DE RELATORIA: Sobre el reconocimiento de perjuicios por concepto de daño emergente y lucro cesante en casos de privación injusta de la libertad, ver: Consejo de Estado, Sección Tercera, sentencia de unificación del 18 de julio de 2019, rad. 44572, C.P.C.A.Z.B..

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