Sentencia Nº 05001310302020200014603 del Tribunal Superior de Medellín Sala Civil, 27-06-2023 - Jurisprudencia - VLEX 950419663

Sentencia Nº 05001310302020200014603 del Tribunal Superior de Medellín Sala Civil, 27-06-2023

Sentido del falloRevoca sentencia de primera instancia
EmisorSala Civil (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Fecha27 Junio 2023
Número de expediente05001310302020200014603
Normativa aplicada1. ARTÍCULOS 1494, 1495, 1602 DEL C.C. ; ARTÍCULO864 DEL C.C.O. ARTÍCULO 167 DEL C.G.P. VER SC 5176/2008
MateriaTEMA: LEGITIMACIÓN EN LA CAUSA - es cuestión propia del derecho sustancial y no del procesal, en cuanto concierne a una de las condiciones necesarias para proveer de fondo sobre la pretensión planteada / RESPONSABILIDAD CIVIL CONTRACTUAL DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS - las obligaciones a cargo de las entidades bancarias no solo hallan su génesis en la ley, sino también en el acto jurídico, permitiéndose que en el ejercicio de su autonomía privada creen, modifiquen o extingan obligaciones que por sus diferentes matices deben ser observadas de manera puntual / TESIS: Sin embargo, característica común a unos (presupuestos procesales) y a otra (legitimación) es que su control se impone al Juez de manera oficiosa, puesto que su ausencia insuperable determina, llegado el caso, obstáculo para decidir sobre el mérito del asunto o razón suficiente para despachar la pretensión de manera negativa. (…) debe además considerarse que legitimación en la causa se vincula con la titularidad de una relación jurídica y material que pretende ser discutida dentro del proceso. (…) Con base en ello, la jurisprudencia del máximo Tribunal de Casación ha sido estable en sostener que la responsabilidad derivada de los acuerdos privados exige la confluencia de las siguientes condiciones esenciales: a) La existencia de un contrato bilateral válido; b) El incumplimiento total o parcial de las obligaciones que éste impone al demandado, c) Que ese incumplimiento represente un daño para el demandante; y d) la existencia de relación de causalidad entre el incumplimiento y el daño. (…) Ahora, si
Número de registro81690803
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