Sentencia Nº 050013105019201800548-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 31-08-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980641123

Sentencia Nº 050013105019201800548-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 31-08-2023

Sentido del falloCONFIRMA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Fecha31 Agosto 2023
Número de expediente050013105019201800548-01
Número de registro81695389
Normativa aplicada1. ART.66 A del CPTSS;ART. 26 de la Ley 361 de 1997;SU-049 de 2017.
MateriaTEMA: FUERO DE ESTABILIDAD POR DISCAPACIDAD - Esa discapacidad, según reiterados pronunciamientos de la Corte Constitucional, supone un estado de debilidad manifiesta respecto del cual, se debe demostrar que la situación de salud del trabajador le dificulta o impide sustancialmente el desempeño de sus labores en condiciones regulares. / PREAVISO - el preaviso efectuado por fuera de la vigencia de una de las prórrogas, constituye una extralimitación de las facultades del empleador. / DE LA SOLIDARIDAD - el beneficiario o dueño de una obra será solidariamente responsable con el contratista independiente por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a que tengan derecho los trabajadores, a menos que se trate de labores extrañas a las actividades normales de su empresa o negocio. / TESIS: TEMA: FUERO DE ESTABILIDAD POR DISCAPACIDAD - Esa discapacidad, según reiterados [[T]]EMA: FUERO DE ESTABILIDAD POR DISCAPACIDAD - Esa discapacidad, según reiterados / TESIS: pronunciamientos de la Corte Constitucional, supone un estado de debilidad manifiesta respecto PREAVISO - el preaviso efectuado por fuera de la vigencia / SOLIDARIDAD - el beneficiario o dueño de una obra será solidariamente responsable con el / TESIS: contratista independiente por el valor de los salarios y de las prestaciones e indemnizaciones a
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