Sentencia Nº 050013105023201800381-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 28-03-2023 - Jurisprudencia - VLEX 938373462

Sentencia Nº 050013105023201800381-01 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 28-03-2023

Número de expediente050013105023201800381-01
Fecha28 Marzo 2023
Número de registro81663512
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Normativa aplicada1. DECRETO 2351 DE 1965; DECRETO 1469 DE 1978; LEY 197 DE 2003; VER SENTENCIAS SL2020/2021; SL 13812/2017; SL 2509/2017
MateriaTEMA: FUERO CIRCUNSTANCIAL - “El artículo 25 del Decreto 2351 de 1965, establece: “Los trabajadores que hubieren presentado al patrón un pliego de peticiones no podrán ser despedidos sin justa causa comprobada, desde la fecha de la presentación del pliego y durante los términos legales de las etapas establecidas para el arreglo del conflicto.” (…) la protección foral surge a partir del momento de la presentación del pliego de peticiones al empleador. (…) aun encontrándose vigente una negociación, el empleador está facultado para dar por terminados los contratos con justa causa.” / TESIS: TESIS: “(…) la protección del fuero circunstancial, nace con la presentación del pliego de peticiones por parte de la organización sindical o del grupo de trabajadores no sindicalizados y finaliza con la suscripción de la respectiva convención colectiva de trabajo, o con la ejecutoria del laudo arbitral, así lo recordó también la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en sentencia SL13812-2017.”
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