Sentencia Nº 05045312100120140006300 del Tribunal Superior de Antioquia, 27-10-2014 - Jurisprudencia - VLEX 905271319

Sentencia Nº 05045312100120140006300 del Tribunal Superior de Antioquia, 27-10-2014

Fecha27 Octubre 2014
Número de expediente05045312100120140006300
Número de registro81471409
EmisorTribunal Superior de Distrito Judicial de Antioquia (Colombia)
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 \ Constitución Política de Colombia de 1991 \ Acto Legíslativo 01 de 2002 \ Ley 1424 de 2010 \ Código Civil art. 66 \ Código Procedimiento Civil art. 176 \ Ley 70 de 1931 \ Decreto 4829 de 2011 \ Ley 387 de 1997 \ Ley 160 de 1994
MateriaTESIS: En aras de lograr determinar si se concede o se niega las pretensiones de restitución, la magistratura procede a dar análisis de los elementos de la acción de restitución de tierras, tales como: 1. Inscripción de los predios reclamados en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente: inmueble fue ingresado al mencionado registro, respectivamente, mediante Resolución 0157 del 19 de noviembre de 2013, inscrita en el folio de matrícula inmobiliaria 034-24203. 2. Relación jurídica de los solicitantes con los predios reclamados: El señor Manuel Tapias Montes, adquirió la parcela reclamada, mediante la Resolución de Adjudicación del INCORA No. 4259 del 20 de diciembre de 1989 registrada en el Folio de Matricula No. 034-24203; predio en el que vivió con su esposa, señora Justina Urango León, y con los hijos nacidos de esta unión. 3. Temporalidad de los hechos victimizantes y titularidad del derecho de restitución: se satisface a cabalidad, legitimando los solicitantes, para reclamar la restitución y formalización de las parcelas 107 Y 108, dado que el abandono forzado y despojo material, ocurrieron en los años 1993 y 2008. 4. Situación de violencia e infracciones graves a los derechos humanos en las veredas Vale Pavas, Vale Adentro, Moncholo, Venao Sevilla y Bobal Carita - Necoclí: En las veredas Vale Adentro, Vale Pavas, Moncholo y El Venao Sevilla jurisdicción del municipio de
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