Sentencia. Nº 05360310500220220009501 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 17-07-2023 - Jurisprudencia - VLEX 950420647

Sentencia. Nº 05360310500220220009501 del Tribunal Superior de Medellín Sala Laboral, 17-07-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Laboral (Tribunal Superior de Medellín de Colombia)
Fecha17 Julio 2023
Número de expediente05360310500220220009501
Número de registro81691176
MateriaTEMA: EXISTENCIA DE CONTRATO DE TRABAJO - se debe acreditar 1) “La actividad personal del trabajador”, 2) “La continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador”, y 3) “Un salario como retribución del servicio / VINCULACIÓN DOCENTE - según la reiteración pacifica de la Corte Suprema de Justicia, “es de la esencia de la contratación de los servicios de enseñanza de docentes hora cátedra que su trabajo sea subordinado / PRINCIPIO DE CONGRUENCIA - al juez de la causa solo le está permitido emitir pronunciamiento con base en lo pretendido, lo probado y lo excepcionado dentro del mismo. / SANCIÓN MORATORIA - su imposición no es automática / TESIS: Por ende, es la parte demandante la que tiene la carga probatoria según lo establecido en los artículos 164 y 167 del C.G.P, de demostrar la prestación personal del servicio con el empleador demandado y que, por ello, recibió una remuneración, además de los extremos temporales de la relación y el salario; tal y como lo ha señalado la Corte suprema de Justicia en sentencia SL5453-
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