Sentencia Nº 05837 33 33 001 2014 00470 01 del Tribunal Administrativo de Antioquia, 04-03-2022
Sentido del fallo | DENIEGA PRETENSIONES |
Número de expediente | 05837 33 33 001 2014 00470 01 |
Número de registro | 81593925 |
Fecha | 04 Marzo 2022 |
Emisor | Tribunal Administrativo de Antioquia (Colombia) |
Materia | RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - La responsabilidad del Estado se configura cuando concurren los siguientes elementos: i) un daño antijurídico, esto es, aquel que el administrado no está en la obligación de soportar, ii) que el hecho generador del daño sea imputable al demandado a título de falla o de alguno de los títulos de imputación objetiva que han sido desarrollados por la jurisprudencia y la doctrina y iii) que exista una relación causal ente éste y aquél / RESPONSABILIDAD DEL ESTADO DERIVADA DE LA PRIVACIÓN INJUSTA DE LA LIBERTAD - En los eventos en los que se demanda la responsabilidad del Estado por privación injusta de la libertad es necesario demostrar que la medida que restringió la libertad fue producto de una decisión irracional, desproporcionada e inadecuada, análisis que debe realizarse al margen del título de aplicación que el juez decida aplicar en ejercicio del principio iura novit curia / CULPA DETERMINANTE DE LA PROPIA VÍCTIMA - El Consejo de Estado ha indicado que la culpa exclusiva de la víctima como causa extraña que impide la estructuración de la responsabilidad, se origina cuando el suceso causalmente vinculado a la producción del daño no es predicable del Estado, sino del proceder activo u omisivo de la propia víctima / TESIS: No obstante a que el daño se estableció, esto es, la privación de la libertad, no se demostró que fuera antijurídico ni atribuible a la entidad demandada, Fiscalía General de la Nación, y, por el contrario, se comprobó que la misma actuó en ejercicio legítimo de los poderes reconocidos al Estado, respecto del cual el demandante como todo ciudadano está obligado a asumirlo como una carga jurídica soportable, por cuanto las actuaciones relacionadas con la privación de la libertad fueron plenamente justificadas. Por lo tanto, no se advierte falla del servicio alguno y, por ende, obligación de indemnización a la demandada ante la inexistencia de responsabilidad. Por otra parte, se revocará la condena impuesta por el a quo a la Armada Nacional, en relación a las heridas sufridas por el actor. |
RESPONSABILIDAD DEL ESTADO - La responsabilidad del Estado se configura cuando concurren los siguientes elementos: i) un daño antijurídico, esto es, aquel que el administrado no está en la obligación de soportar, ii) que el hecho generador del daño sea imputable al demandado a título de falla o de alguno de los títulos de imputación objetiva que han sido desarrollados por la jurisprudencia y la doctrina y iii) que exista una relación causal ente éste y aquél / ...
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