SENTENCIA nº 08001-23-33-000-2020-00814-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 19-03-2021
Sentido del fallo | NO APLICA |
Fecha de la decisión | 19 Marzo 2021 |
Número de expediente | 08001-23-33-000-2020-00814-01 |
Tipo de documento | Sentencia |
Emisor | SECCIÓN TERCERA |
ACCIÓN DE TUTELA / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO DE LA ACCIÓN DE TUTELA - Por hecho sobreviniente / ENTREGA REAL Y MATERIAL DEL INMUEBLE
Corresponde determinar (…) sí hay lugar a declarar la carencia actual de objeto por hecho sobreviniente. (…) [E]l presente mecanismo de amparo fue instaurado con el fin de fuera suspendida la Resolución No. 2565 de 18 de abril de 2018, mediante la cual se ordenó la restitución real y material de un inmueble (…) mientras se decidía de fondo el medio de control de reparación directa (…) presentado por el [accionante]. (…) [L]a S. concluye que, al realizarse la entrega real y material de manera voluntaria del inmueble en mención, desaparecieron las circunstancias que dieron origen a la interposición de la presente acción de tutela y cualquier pronunciamiento al respecto seria ineficaz. (…) Así las cosas, esta S. encuentra que la presente acción de tutela carece de objeto por el acaecimiento de una situación sobreviniente, motivo por el cual se confirmará la Sentencia de 28 de enero de 2021.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de marzo de dos mil veintiuno (2021)
R.icación número: 08001-23-33-000-2020-00814-01(AC)
Actor: A.A.D.
Demandado: SOCIEDAD DE ACTIVOS ESPECIALES S.A.S.
De acuerdo con la competencia asignada1, procede la S. a decidir la impugnación interpuesta por el señor A.A.D. contra la Sentencia proferida el 28 de enero de 2021 por el Tribunal Administrativo de Atlántico, mediante la cual se declaró la carencia actual de objeto por acaecimiento de una situación sobreviniente.
Contenido: 1. Antecedentes. 2. Consideraciones. 3. Decisión.
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ANTECEDENTES
Contenido: 1.1. Posición de la parte demandante. 1.2. Fallo de primera instancia e impugnación.
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Posición de la parte demandante
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El señor A.A.D. instauró acción de tutela, con solicitud de medida provisional, contra la Sociedad de Activos Especiales (SAE) SAS, por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso, acceso a la administración de justicia y salud, con ocasión a la expedición de la Resolución No. 2565 de 18 de abril de 2018, mediante las cual ordenó la restitución real y material de un inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 040.3253.
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Como amparo constitucional, si bien, el accionante no manifestó ninguna petición, del escrito de tutela se observa que lo pretendido fue que, mediante Sentencia de tutela, se suspendieran los efectos de la Resolución No. 2565 de 18 de abril de 2018, mediante la cual ordenó la entrega real y material de un inmueble sobre el cual ejercía el derecho real de tenencia.
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Como hechos relevantes fueron narrados los siguientes:
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1) El inmueble identificado con matricula inmobiliaria No. 040.3253, fue grabado con las medidas cautelares de embargo y secuestro, con fines de comiso, materializado mediante Acta de Incautación de 27 de agosto de 1998.
2) Mediante la Resolución No. 105...
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