SENTENCIA nº 08001-23-31-005-2012-00495-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 17-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896199527

SENTENCIA nº 08001-23-31-005-2012-00495-01 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B) del 17-03-2021

Sentido del falloNIEGA
Número de expediente08001-23-31-005-2012-00495-01
Fecha de la decisión17 Marzo 2021
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA


PERJUICIOS / RECLAMACIÓN DE LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS / NEGOCIO JURÍDICO / CONTRATISTA / CONTRATO DE OBRA PÚBLICA / PRÓRROGA DEL CONTRATO / PRÓRROGA DEL CONTRATO DE OBRA PÚBLICA / TÉRMINO DEL CONTRATO / PLAZO / SUSCRIPCIÓN DE DOCUMENTO / ACTA DE RECIBIDO FINAL DE OBRA PÚBLICA


[E]n relación con los perjuicios reclamados por una mayor permanencia en la obra, esta Subsección confirmará la decisión de primera instancia toda vez que, como lo ha manifestado en oportunidades anteriores, en atención a una consolidada línea jurisprudencial (…) En nada altera la anterior conclusión [las suspensiones y ampliación del plazo, así como los motivos y causas que originaron el mayor tiempo del contrato quedaron consignados en actas y documentos que suscribió el contratista sin protesta alguna] el hecho de que el contratista, con posterioridad a la suscripción de las prórrogas y las suspensiones, e incluso en el acta de recibo de obra, haya manifestado su inconformidad respecto de la mayor duración, pues fue a raíz de los primeros negocios jurídicos bilaterales que el contrato, por las dificultades ocurridas durante su ejecución, tuvo una mayor duración.


NOTA DE RELATORÍA: Sobre las reclamaciones objeto de demanda ver: Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección B, Sentencia de 8 de mayo de 2019, exp. 40524; Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Sentencia de 9 de mayo de 1996, exp. 10.151.


MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES / EJECUCIÓN DEL CONTRATO / CLÁUSULAS DEL CONTRATO / DICTAMEN PERICIAL / CONTENIDO DEL DICTAMEN PERICIAL / ESTIMACIÓN DE LA CONDENA EN PERJUICIOS / PRÓRROGA DEL CONTRATO / PRECIO UNITARIO / ACTA DE RECIBIDO FINAL DE OBRA PÚBLICA / ACTA DE RECIBIDO PARCIAL DE OBRA PÚBLICA / CONTRATO DE OBRA PÚBLICA / NEGACIÓN DE LAS PRETENSIONES DE LA DEMANDA


[E]stá acreditado que, durante la ejecución del contrato, las partes lograron varios acuerdos para superar las diferentes dificultades ocurridas (…) si bien durante la ejecución del contrato fue necesario ejecutar mayores cantidades de obra y de componentes no previstos, también lo es que las partes acudieron para el efecto a la suscripción de actas, según lo ordenaban las cláusulas contractuales. En la misma dirección, en el acta final de recibo de obra se detallaron las cantidades ejecutadas (…) lo que coincide con lo afirmado en uno de los dictámenes periciales practicados (…) Si bien el dictamen pericial estimó unos perjuicios supuestamente causados al demandante, los mismos carecen de sustento debido a que ignoran las consideraciones relativas a las prórrogas hechas en el acápite anterior, así como que el contrato tenía unos mecanismos específicos (actas) para ajustar su ejecución, a los que las partes acudieron en reiteradas oportunidades. Asimismo, como bien indicó el Tribunal, el contrato era a precios unitarios fijos hasta su terminación y las mayores cantidades de obra se pagarían al mismo precio de la oferta (…) Por las razones hasta aquí anotadas, se confirmará la decisión de primera instancia que negó las pretensiones de la demanda.


CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN TERCERA


SUBSECCIÓN B


Consejero ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA


Bogotá D.C., diecisiete (17) de marzo de dos mil veintiuno (2021)


Radicación número: 08001-23-31-005-2012-00495-01(58933)


Actor: CONSORCIO CARIBE 2007


Demandado: INSTITUTO COLOMBIANO DE DESARROLLO RURAL




Referencia: MEDIO DE CONTROL DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES (APELACIÓN SENTENCIA)




Temas: contrato de obra – incumplimiento – mayor permanencia en la obra – buena fe contractual.


Síntesis del caso: un contratista demanda los mayores costos en que supuestamente incurrió por mayor permanencia en la obra y mayores cantidades de obra ejecutadas.


Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante en contra de la Sentencia de 26 de octubre de 2016, proferida por el Tribunal Administrativo de Atlántico, que negó las pretensiones de la demanda.


Contenido: 1. Antecedentes – 2. Consideraciones – 3. Decisión


  1. ANTECEDENTES


Contenido: 1.1. Posición de la parte demandante – 1.2. Posición de la parte demandada – 1.3. Sentencia recurrida – 1.4. Recurso de apelación – 1.5. Trámite relevante en segunda instancia


1.1. Posición de la parte demandante


  1. El 13 de diciembre de 2012, el Consorcio Caribe 2007 (el Consorcio) presentó demanda1, en ejercicio del medio de control de controversias contractuales, en contra del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural (Incoder), con el fin de que se hicieran las siguientes declaraciones y condenas (se trascribe):


2.1. PRETENSIONES DECLARATIVAS


2.1.1. Cumplimiento de LA DEMANDANTE.

PRIMERA.- Que se declare que LA DEMANDANTE cumplió cabal e íntegramente con el objeto y las obligaciones del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007, suscrito entre el CONSORCIO CARIBE 2007 y el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural – INCODER.

2.1.2. Incumplimiento de LA DEMANDADA.

SEGUNDA. Que se Declare que INCODER incumplió sus obligaciones contractuales con LA DEMANDANTE, al suministrarle diseños, estudios y planos para la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007 inexactos, inidóneos, técnicamente inviables y/o que no correspondieron a la realidad del proyecto contratado.

TERCERA.- Que se declare que LA DEMANDADA incumplió sus obligaciones contractuales al no suministrarle oportunamente a LA DEMANDANTE, la totalidad de los diseños, estudios y planos para la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007.

CUARTA.- Que se declare que INCODER incumplió sus obligaciones contractuales al no entregarle oportunamente a LA DEMANDANTE, la totalidad de los predios y zonas necesarios para la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007.

QUINTA.- Que se declare que como consecuencia de los incumplimientos de INCODER, ésta le causó perjuicios a LA DEMANDANTE por daño emergente y lucro cesante, que deben ser indemnizados de conformidad con lo que se pruebe en el proceso.


2.1.3. Hechos de terceros, ajenos y no imputables a LA DEMANDANTE que afectaron la ejecución del contrato.

SEXTA.- Que se declare que con posterioridad a la celebración del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007 y durante su ejecución, se presentaron hechos de terceros, ajenos y no imputables a LA DEMANDANTE, que afectaron en forma grave y considerable la ejecución de obras.


2.1.4. Circunstancias imprevistas, imprevisibles, ajenas y en todo caso no imputables al CONSORCIO CARIBE 2007.

SÉPTIMA.- Que se declare que con posterioridad a la celebración del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007 y durante su ejecución, se presentaron circunstancias imprevistas e imprevisibles, y en todo caso ajenas y no imputables al CONSORCIO CARIBE 2007, que afectaron en forma grave y considerable el equilibrio económico del contrato y/o le causaron perjuicios a LA DEMANDANTE, debido a las anormales, imprevistas e imprevisibles condiciones climatológicas que tuvieron lugar durante la realización del objeto contractual.

OCTAVA.- Que se declare que como consecuencia de las anormales, imprevistas e imprevisibles condiciones climatológicas que tuvieron lugar durante la ejecución del objeto contractual, LA DEMANDANTE incurrió en mayores costos para ejecutar la obra.


2.1.5. Reconocimiento y pago a LA DEMANDANTE de las mayores cantidades de obra y obras adicionales ejecutadas por ésta.

NOVENA.- Que se declare que durante la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007, por razones ajenas y no imputables a LA DEMANDANTE, ésta tuvo que ejecutar mayores cantidades de obra y obras adicionales cuyo costo no ha sido reconocido ni pagado por INCODER.


2.1.6. Mayor permanencia en obra.

DÉCIMA.- Que se declare que durante la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007, por razones ajenas y no imputables a LA DEMANDANTE, ésta tuvo que permanecer en la obra un plazo superior al inicialmente previsto y, por tanto, incurrió en mayores costos que no han sido resarcidos por INCODER.


2.1.7. Costos financieros.

DÉCIMA PRIMERA.- Que se declare que durante la ejecución del Contrato de Obra Pública No. 157 de 2007, por razones ajenas y no imputables a LA...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR