Sentencia nº 11001-03-26-000-2013-00114-00 (48183) de Consejo de Estado (SECCION TERCERA), 06-07-2020 - Jurisprudencia - VLEX 851348013

Sentencia nº 11001-03-26-000-2013-00114-00 (48183) de Consejo de Estado (SECCION TERCERA), 06-07-2020

Fecha de sentencia06 Julio 2020
EmisorSECCIÓN TERCERA
Número de expediente11001-03-26-000-2013-00114-00 (48183)
Tipo de documentoSentencia
Radicado: 11001-03-26-000-2013-00114-00
(48183)
Demandante: Ministerio de Minas y Energía y Agencia Nacional
Minera
Calle 12 No. 7-65 Tel: (57-1) 350-6700 Bogotá D.C. Colombia
www.consejodeestado.gov.co
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN B
CONSEJERO PONENTE: R.P.G.
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B.D., seis (06) de julio de dos mil veinte (2020).
Referencia: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD (SENTENCIA)
Radicación: 11001-03-26-000-2013-00114-00 (48183)
Demandante: J.G.M.B.
Demandado: NACIÓN - MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA Y AGENCIA
NACIONAL MINERA
Temas: Medio de control de nulidad promovido contra (i) el artículo 2º del
Decreto 0935 de 2013, que se refiere al rechazo de la propuesta del
contrato de concesión; (ii) el artículo 7º de la Resolución 299 del 27 de
septiembre de 2012, expedida por la Agencia Nacional de Minería, que
reguló la presentación de propuestas de contrato de concesión,
autorizaciones temporales y solicitudes de legalización de minería
tradicional a través de medios electrónicos; (iii) el artículo 6º de la
Resolución 391 del 11 de junio de 2013, concerniente a los
lineamientos para la utilización del sistema de radicación de
propuestas de contrato de concesión.
La extensión de los efectos del control de legalidad sobre el Decreto
1073 de 2015. Los contornos de la potestad reglamentaria en
Colombia y su carácter difuso. Los límites y condiciones de la potestad
reglamentaria del Presidente de la República. El marco constitucional
y legal de la potestad reglamentaria en materia minera, un asunto
sometido a reserva legal. Pronunciamientos jurisprudenciales sobre la
reserva legal de las causales de rechazo de las propuestas de
concesión minera. Análisis normativo de los enunciados demandados
y caso concreto.
SENTENCIA
Procede la Sala a decidir la acción de nulidad interpuesta contra el artículo del
Decreto 935 del 9 de mayo de 2013 expedido por el Presidente de la República y el
Radicado: 11001-03-26-000-2013-00114-00
(48183)
Demandante: Ministerio de Minas y Energía y Agencia Nacional
Minera
Calle 12 No. 7-65 Tel: (57-1) 350-6700 Bogotá D.C. Colombia
www.consejodeestado.gov.co
2
Ministro de Minas y Energía
1
, el artículo 7º de la Resolución n.° 299 del 27 de
septiembre de 2012 y el artículo 6º de la Resolución n.° 391 del 11 de junio de 2013,
expedidas por el Presidente de la Agencia Nacional Minera.
SÍNTESIS DEL CASO
El Gobierno Nacional expidió el Decreto 935 de 2013 con el fin de reglamentar los
artículos 271, 273 y 274 del Código minero relativos a la presentación de
propuestas de contratos de concesión a través de medios electrónicos. Dentro de
las disposiciones reglamentarias, dispuso que una vez presentada la propuesta de
contrato de concesión, si se incurriere en omisión en la presentación de alguno de
los requisitos establecidos en el artículo 271 y su reglamento, incluyendo los
documentos de soporte de la propuesta de contrato de concesión requeridos para
la evaluación en el término fijado para remitirlos, se rechazaría de plano la
propuesta.
A su vez, la Resolución 299 de 2012 dispuso un plazo de tres (3) días hábiles,
contados a partir de la presentación de la oferta de contrato de concesión minera
vía internet, para entregar físicamente ante la respectiva autoridad minera, los
documentos exigidos en el art. 271 del Código minero que sirven de soporte a la
propuesta y que constituyen requisitos legalmente exigidos para la misma.
Finalmente, la Resolución 391 de 2013 advirtió que si dentro de los tres (3) días
siguientes a la radicación de la propuesta, no se presenta la documentación soporte
se aplicaría la causal de rechazo establecida expresamente en el artículo 271 del
Código minero.
1
Decreto publicado en el Diario Oficial n.° 48785 de 9 de mayo de 2013, pág. 15. Año
CXLIX.
Radicado: 11001-03-26-000-2013-00114-00
(48183)
Demandante: Ministerio de Minas y Energía y Agencia Nacional
Minera
Calle 12 No. 7-65 Tel: (57-1) 350-6700 Bogotá D.C. Colombia
www.consejodeestado.gov.co
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Específicamente, la parte actora demandó estas disposiciones referidas a la causal
de rechazo y a los (3) tres días hábiles.
I. ANTECEDENTES
1. Origen de la controversia
1.1. En escrito del 2 de agosto de 2013
2
, el ciudadano J.G.M..B., en
ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo CPACA, solicitó
se declarara la nulidad del artículo del Decreto 935 del 9 de mayo de 2013
expedido por el Presidente de la República y el Ministro de Minas y Energía
3
; el
artículo 7º de la Resolución n.° 299 del 27 de septiembre de 2012
4
y el artículo
de la Resolución n.° 391 del 11 de junio de 2013
5
, expedidas por el Presidente de
la Agencia Nacional Minera, disposiciones normativas cuyo tenor literal es como
sigue:
Decreto 935 de 2013. artículo 2°. Una vez presentada la propuesta de
contrato de concesión, la omisión en la presentación de alguno de los
requisitos establecidos en el artículo 271 y su reglamento, incluyendo los
documentos de soporte de la propuesta de contrato de concesión
2
A folio 12 del cuaderno principal se registró que el S. de la Sección Primera del
Consejo de Estado remitió la demanda por competencia a la Sección Tercera.
3
Decreto publicado en el Diario Oficial n.º 48785 de 9 de mayo de 2013, pág. 15. Año
CXLIX.
4
Resolución publicada en el Diario Oficial n.º 48566 del 2 de mayo de 2012. "Medidas para
la Presentacion de Propuestas de Contrato de Concesion, Autorizaciones de Legalizacion
de Mineria a traves de medios electronicos".
5
Resolución publicada en el Diario Oficial n.º 48821 del 14 de Junio de 2013. "Se
establecen lineamientos para la utilización del sistemaVigente de radicación de propuestas
de contrato de concesión".

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