SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-04812-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C) del 03-09-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896185420

SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-04812-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C) del 03-09-2021

Sentido del falloNO APLICA
Fecha de la decisión03 Septiembre 2021
Número de expediente11001-03-15-000-2021-04812-00
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE TUTELA / REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO

[L]a Sala evidencia que ocurrió un hecho superado, dado que, después de la interposición de la acción de tutela, esto es, el 26 de julio de 2021, y antes de que se profiriera fallo de primera instancia, la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura expidió la la Tarjeta Profesional de [K.V.R.P.], mediante Acta No. 11624 del 30 del mismo mes y año. Por ende, ante la desaparición de las circunstancias que dieron origen a la vulneración de los derechos fundamentales invocados, la solicitud de amparo de [K. V.R.P.] ha perdido su razón de ser como mecanismo extraordinario de protección judicial, por lo que cualquier orden que profiera el juez de tutela resultaría inane. En consecuencia, esta Sala declarará la carencia actual de objeto por hecho superado de la acción de tutela interpuesta en contra del Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia.

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN C

Consejero ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS

Bogotá, D.C., tres (03) de septiembre de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 11001-03-15-000-2021-04812-00(AC)

Actor: K.V.R.P..

Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA

La Sala decide en primera instancia la acción de tutela presentada por K.V.R.P. en contra del Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia.

I. ANTECEDENTES

1.1. Solicitud de tutela

K.V.R.P., actuando en nombre propio, presentó solicitud de amparo del derecho fundamental de petición[1], que consideró vulnerado por el Consejo Superior de la Judicatura, Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, ante la falta de resolución a la solicitud radicada el 23 de mayo de 2021, para el reconocimiento de tarjeta profesional[2].

1.2. Hechos y argumentos de la solicitud de tutela

K.V.R.P. diligenció el formulario único de múltiples trámites en la página web de la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura, y por medio de correo electrónico enviado el 21 de abril de 2021[3], anexó la documentación correspondiente para la expedición de la tarjeta profesional. Sin embargo, manifestó que, a la fecha en que se presentó la acción de tutela[4], no había recibido respuesta de fondo sobre su solicitud.

1.3. Pretensiones de tutela

K.V.R.P. solicitó el amparo de su derecho fundamental de petición y, en consecuencia, ordenar a la Unidad de Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia del Consejo Superior de la Judicatura, dar trámite su solicitud y expedir la respectiva tarjeta profesional.

1.4. Trámite de tutela e intervenciones

1.4.1. El despacho del magistrado ponente, mediante auto del 28 de julio de 2021[5], admitió la acción de tutela, suspendió los términos judiciales y ordenó notificar a los sujetos procesales...

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