SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-00731-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C) del 23-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896185451

SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-00731-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C) del 23-04-2021

Sentido del falloNO APLICA
Fecha de la decisión23 Abril 2021
Número de expediente11001-03-15-000-2021-00731-00
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA

ACCIÓN DE TUTELA / CONFIGURACIÓN DE LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO / CONCESIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN - Acreditada / TRÁMITE DEL RECURSO DE APELACIÓN – En curso


Se tiene que el peticionario estima vulnerado su derecho fundamental al debido proceso, en tanto el Tribunal Administrativo de Antioquia, a la fecha de interposición del amparo, no le había dado trámite al recurso de apelación presentado en contra de la decisión de primera instancia del 3 de diciembre de 2020, a pesar de que este fue radicado el 9 del mismo mes y año. Sin perjuicio de lo anterior, la autoridad judicial accionada refirió en su contestación que mediante auto del 11 de marzo de 2021 concedió la alzada incoada por, entre otros, el [actor], y ordenó la remisión del proceso a esta colegiatura. Así mismo, la Sala verificó que la providencia fue notificada mediante estado electrónico del 12 de marzo de 2021, y comunicada al apoderado judicial del actor en el proceso de nulidad electoral, a través de mensaje enviado a la dirección [de correo electrónico]. Por lo antecedente, esta Subsección procederá a declarar la improcedencia del amparo por carencia actual de objeto por hecho superado, pues el asunto se satisfizo en el trámite.



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN TERCERA


SUBSECCIÓN C


Consejero ponente: NICOLÁS YEPES CORRALES


Bogotá D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil veintiuno (2021)


Radicación número: 11001-03-15-000-2021-00731-00(AC)


Actor: J.F.C.M.


Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE ANTIOQUIA




Asunto: Acción de tutela – Sentencia de primera instancia


Tema: Acción de tutela por mora judicial. Subtema 1: Carencia actual de objeto. Decisión: Declara improcedente el amparo judicial.



La Sala decide la acción de tutela presentada por Juan Felipe Cano Marín en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, por la presunta mora judicial en la que incurrió la autoridad judicial, en el trámite de la acción nulidad electoral de radicado No. 05001-23-33-000-2019-02890-00.


I. ANTECEDENTES


1.- La solicitud de tutela


El 22 de febrero de 20211, J.F.C.M., en nombre propio, presentó acción de tutela2 en contra del Tribunal Administrativo de Antioquia, en procura de la protección de su derecho fundamental al debido proceso, el cual consideró vulnerado por la mora en la que presuntamente incurrió la autoridad judicial en tanto no le ha dado trámite al recurso de apelación incoado en contra de la sentencia de primera instancia dictada al interior del proceso de nulidad electoral No. 05001-23-33-000-2019-02890-00.


1.1.- Hechos


1.1.1.- Se interpuso demanda de nulidad electoral en la que se solicitó la anulación del Acta Parcial de Escrutinio Municipal de Alcaldía (E-26) del 1 de noviembre de 2019, por medio de la que se declaró la elección del señor Oscar Andrés Pérez Muñoz como Alcalde del Municipio de Bello, Antioquia, para el periodo 2020-2023.


1.1.2.- El asunto fue conocido en primera instancia por el Tribunal Administrativo de Antioquia, autoridad que ante la multiplicidad de procesos con pretensiones similares y demandado en común, resolvió acumular los radicados Nos. 2019-02936-00, 2019-02890-00 y 2019-03152-00 al expediente No. 05001-23 33-000-2019-02938-00, con ponencia del magistrado Álvaro Cruz Riaño, integrante de la Sala Primera de Oralidad del referido órgano colegiado.


1.1.3.- Mediante sentencia del 3 de diciembre de 2020, se negaron las pretensiones de la demanda electoral3.


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