SENTENCIA nº 11001-03-24-000-2006-00291-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 27-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896185609

SENTENCIA nº 11001-03-24-000-2006-00291-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN PRIMERA) del 27-05-2021

Sentido del falloNIEGA
Fecha de la decisión27 Mayo 2021
Número de expediente11001-03-24-000-2006-00291-00
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN PRIMERA

PROPIEDAD INDUSTRIAL / PATENTES – Registro / PATENTE DE INVENCIÓN – Requisitos. Decisión 344 de 1993 / PATENTE DE INVENCIÓN – Carga de la prueba / CARGA DE LA PRUEBA – Le corresponde al solicitante demostrar los requisitos de patentabilidad / PRINCIPIO ONUS PROBANDI - Alcance / PATENTABILIDAD DE POLIMORFOS / PATENTE DE INVENCIÓN – Se niega la denominada NUEVOS COMPUESTOS FARMACÉUTICOS por no cumplir los requisitos de novedad y nivel inventivo / REITERACIÓN DE JURISPRUDENCIA

La Sala observa que la parte demandante solicitó la práctica de un dictamen pericial con el fin de desvirtuar los conceptos técnicos que llevaron a la parte demandada a concluir que la solicitud de patente no cumplía los requisitos de patentabilidad; sin embargo, desistió de la prueba decretada argumentando que no deseaba “[…] incurrir en gastos adicionales […]”. En este orden de ideas, en el expediente solo obran afirmaciones referidas a la presunta novedad y nivel inventivo de la solicitud de patente y del proceso para llegar a la misma, sin que exista algún elemento de juicio que lleve al convencimiento de la Sala de que, en el caso sub examine, la solicitud de patente no se deriva de las divulgaciones previas citadas por la parte demandada y, en ese sentido, que da solución al problema técnico planteado. La Sala considera que al desistir de la prueba pericial la parte demandante y al no existir material probatorio en el expediente, se desconoció la obligación prevista en el artículo 177 del Código de Procedimiento Civil, en virtud de la cual “[…] incumbe a las partes probar el supuesto de hecho de las normas que consagran el efecto jurídico que ellas persiguen […] y, por lo tanto, la parte demandante debe asumir las consecuencias propias de su inactividad probatoria. Así las cosas, la parte demandante no allegó al proceso los medios de prueba necesarios y, en consecuencia, no demostró que la parte demandada hubiere incurrido en alguna irregularidad al concluir que la solicitud de patente no cumplía con los requisitos de novedad y de nivel inventivo y decidir su rechazo ni que los actos administrativos acusados se encontraran incursos en algún vicio de nulidad. En ese orden de ideas, al no haberse acreditado técnica o científicamente en este proceso la novedad ni el nivel inventivo de la formulación solicitada, aquélla y éste se tendrán como no demostrados.

FUENTE FORMAL: DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 1 / DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 2 / DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 4 / DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 5 / DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 6 / DECISIÓN 344 DE 1993 – ARTÍCULO 7 / CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVILARTÍCULO 174 / CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVILARTÍCULO 177

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN PRIMERA

Consejero ponente: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ

Bogotá D.C., veintisiete (27) de mayo de dos mil veintiuno (2021)

Radicación número: 11001-03-24-000-2006-00291-00

Actor: SMITHKLINE BEECHAM P.L.C.

Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO - SIC

Referencia: Acción de nulidad y restablecimiento del derecho

Temas: Requisitos de novedad y de nivel inventivo para patentes. Pruebas requeridas para desvirtuar los argumentos expuestos en los actos administrativos acusados. Decisión 344 de 1993. Carga de la prueba.

SENTENCIA ÚNICA INSTANCIA

La Sala decide, en única instancia, la demanda presentada por Smithkline Beecham p.l.c. contra la Superintendencia de Industria y Comercio, para que se declare la nulidad de las resoluciones núms. 25369 de 30 de septiembre de 2005 y 11060 de 28 de abril de 2006, expedidas por el Superintendente de Industria y Comercio.

La presente sentencia tiene las siguientes partes: i) Antecedentes; ii) Consideraciones de la Sala y iii) Resuelve; las cuales se desarrollan a continuación.

  1. ANTECEDENTES

La demanda

  1. Smithkline Beecham p.l.c., en adelante la parte demandante[1], presentó demanda contra la Superintendencia de Industria y Comercio, en adelante la parte demandada, en ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho establecida en el artículo 85[2] del Decreto 01 de 2 de enero de 1984, en adelante, Código Contencioso Administrativo, para que se declare la nulidad de las resoluciones núms. 25369 de 30 de septiembre de 2005, “Por la cual se niega una patente de invención[3]; y 11060 de 28 de abril de 2006, “Por la cual se resuelve un recurso de reposición[4]: expedidas por el Superintendente de Industria y Comercio

  1. A título de restablecimiento del derecho, solicitó que se ordene a la parte demandada otorgar el título de la patente de invención titulada “NUEVOS COMPUESTOS ANTIDIABÉTICOS”[5].

Pretensiones

  1. La parte demandante solicitó que se le reconozcan las siguientes pretensiones[6]

“[…]

  1. Que se declare nula la resolución número 25369 del 30 de septiembre de 2005, en virtud de la cual el Superintendente de Industria y Comercio negó el privilegio de patente de invención a la creación denominada: NUEVAS COMPOSICIONES ANTIDIABÉTICAS, solicitada por la sociedad SMITHKLINE BEECHAM P.L.C., con domicilio en Brentford, Midlesex, Inglaterra.

  1. Que igualmente, se declare nula la resolución número 11060 del 28 de abril de 2006, proferida por el Superintendente de Industria y Comercio y que resolvió el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución número 25369 del 30 de Septiembre de 2005, confirmándola en todas sus partes.

  1. Consecuentemente y a título de restablecimiento del derecho en beneficio de la sociedad SMITHKLINE BEECHAM p.l.c., con domicilio en Brentford, Midlesex, Inglaterra, solicito que se hagan las siguientes declaraciones:

3.1 Que se ordene al Superintendente de Industria y Comercio, conceder el privilegio de patente de Invención a la creación denominada: NUEVAS COMPOSICIONES ANTIDIABÉTICAS.

3.2 Que se comunique la sentencia a la Superintendencia de Industria y Comercio y se expida copia de la misma para su publicación en la Gaceta de la Propiedad Industrial, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N0. 209 de 1957.

3.3 Que se ordene a la Superintendencia de Industria y Comercio dictar dentro de los treinta (30) días siguientes a la comunicación del fallo, la resolución correspondiente, en la cual se adopten las medidas necesarias para su cumplimiento, tal como se establece en el artículo 176 del Código Contencioso Administrativo.

  1. Que se condene en costas a la entidad demandada.

[…]”.

Presupuestos fácticos

  1. La parte demandante indicó, en síntesis, los siguientes hechos para fundamentar sus pretensiones[7]

4.1. Presentó, el 19 de abril de 2000, ante la parte demandada la solicitud de patente de invención titulada “NUEVOS COMPUESTOS ANTIDIABÉTICOS”, reivindicando prioridad de las solicitudes núms. 99090472.4 de abril 23 de 1999 y 9912197.2 de 25 de mayo de 1999; procedimiento al cual le correspondió el radicado núm. 000028932.

4.2. La División de Nuevas Creaciones realizó el examen de forma y, mediante Concepto Técnico núm. 1015 de 5 de julio de 2000, formuló observaciones para que dentro del plazo de 30 días el solicitante completara los requisitos jurídicos y técnicos de la solicitud.

4.3. Smithkline Beecham p.l.c. dio respuesta al requerimiento mediante escrito de 15 de septiembre de 2000.

4.4. La referida solicitud se publicó el 27 de junio de 2002, en la Gaceta de la Propiedad Industrial núm. 517, sin que fuera objeto de oposición por parte de terceros.

4.5. La Jefa de la División de Nuevas Creaciones, mediante oficio núm. 01293 de 19 de mayo de 2005, puso en conocimiento de la parte demandante el concepto técnico núm. 651 que los requisitos de novedad y nivel inventivo de la solicitud se encontraban afectados por diversas anterioridades; y le concedió un término de 60 días para que presentara las aclaraciones respectivas.

4.6. Smithkline Beecham p.l.c., dentro del término legal, presentó un nuevo capítulo reivindicatorio y expuso sus argumentos con el fin de...

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