SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-01198-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 23-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 896202696

SENTENCIA nº 11001-03-15-000-2021-01198-00 de Consejo de Estado (SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A) del 23-04-2021

Sentido del falloINHIBITORIO
Fecha de la decisión23 Abril 2021
Número de expediente11001-03-15-000-2021-01198-00
Tipo de documentoSentencia
EmisorSECCIÓN TERCERA


ACCIÓN DE TUTELA / CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO - Configuración / PRÁCTICA JURÍDICA - Cumplimiento de requisitos


Sería del caso determinar si el Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Registro Nacional de Abogados y A. de la Justicia vulneró o no el derecho fundamental a la libertad de escoger profesión u oficio; sin embargo, la Sala advierte que actualmente la tutela carece de objeto, toda vez que, por medio de la Resolución 1939 del 6 de abril de 2021, dicha autoridad reconoció el cumplimiento de la práctica jurídica de la accionante, lo cual se le notificó por correo electrónico el 6 de abril de 2021. (…) se impone declarar la carencia actual de objeto por hecho superado.


FUENTE FORMAL: CONSTITUCIÓN POLÍTICA - ARTÍCULO 86 / DECRETO 2591 DE 1991



CONSEJO DE ESTADO


SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO


SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A


Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN


Bogotá D.C., veintitrés (23) de abril de dos mil veintiuno (2021)


Radicación número: 11001-03-15-000-2021-01198-00(AC)


Actor: CLAUDIA JULIANA DÍAZ SERRANO


Demandado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA – UNIDAD DE REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS Y AUXILIARES DE LA JUSTICIA




La Sala decide la acción de tutela interpuesta por la señora Claudia Juliana Díaz Serrano contra el Consejo Superior de la Judicatura - Unidad de Registro Nacional de Abogados y A. de la Justicia.


I. ANTECEDENTES


  1. Demanda


    1. Pretensiones


La señora Claudia Juliana D.S. interpuso acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Registro Nacional de Abogados y A. de la Justicia, porque consideró vulnerado su derecho fundamental a la libertad de escoger profesión u oficio. Formuló las siguientes pretensiones:


Con fundamento en los hechos relacionados, solicito señor juez disponer y ordenar a favor mío lo siguiente:


PRIMERO: Tutelar el derecho de libertad de profesión u oficio.

SEGUNDO: Ordenar al Consejo Superior de la Judicatura y/o a quien corresponda, emita la certificación pertinente donde manifieste que realicé mis prácticas jurídicas toda vez que es un requisito indispensable para mi grado y la falta de éste me genera consecuencias negativas para obtener mi título como abogada.


1.2. Hechos y argumentos de la tutela


En la demanda se narró que, el 24 de febrero del 2021, la señora C.J.D.S. solicitó ante la Unidad de Registro Nacional de Abogados y A. de la...

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