Sentencia Nº 11001-33-35-012-2017-00253-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 09-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879260143

Sentencia Nº 11001-33-35-012-2017-00253-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 09-06-2021

Fecha09 Junio 2021
Número de expediente11001-33-35-012-2017-00253-01
Número de registro81566408
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E. / RECONOCIMIENTO PRESTACIONES LABORALES - Alcance / DESNATURALIZACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Reconoce y ordena a favor de la señora (…), la totalidad de las prestaciones sociales y demás acreencias laborales ordinarias desde el 11 de marzo de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2016, iguales a las que se reconocieron a los empleados de planta del hospital en el empleo de Auxiliar Área Salud, código 412, grado 17, tomando como base de liquidación el 100% de los honorarios pactados en los contratos de prestación de servicios, en los términos expuestos en la parte motiva / COTIZACIONES AL SISTEMA DE SEGURIDAD - Ordena a la Subred Integrada de Servicios de Salud Norte E.S.E., efectuar con destino al sistema de seguridad social en pensiones, las cotizaciones, mes a mes por el monto que hiciere falta y por todo el tiempo en que se declara la existencia del vínculo laboral, teniendo como base de cotización la totalidad de los honorarios percibidos por la contratista y en caso de existir diferencia entre los aportes realizados y los que se debieron efectuar al respectivo fondo, la suma faltante por este concepto deberá ser cancelada en el porcentaje que le correspondía como empleador. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar (i) si operó el fenómeno prescriptivo sobre los derechos prestacionales y laborales reclamados con ocasión de la existencia de relación laboral entre la señora (…) y la entidad demandada, derivada de su vinculación contractual, conforme fue declarada en la sentencia de primera instancia; (ii) si debe precisarse que los emolumentos reconocidos a favor de la demandante deben ser liquidados conforme al cargo equivalente que desarrollaba las mismas funciones de enfermería en la planta del hospital; (iii) si es procedente o no la condena en costas impuesta a la parte accionada?
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