Sentencia Nº 11001-33-43-060-2016-00251-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-12-2019
Sentido del fallo | MODIFICAR |
Número de registro | 81511554 |
Fecha | 11 Diciembre 2019 |
Número de expediente | 11001-33-43-060-2016-00251-01 |
Normativa aplicada | Constitución Política (Art. 90). |
Materia | MEDIO DE CONTROL - Reparación directa / RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL DE LA NACIÓN MINISTERIO DE DEFENSA EJÉRCITO NACIONAL - Por las lesiones que sufrió un conscripto / RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD APLICABLE - Objetivo / RECONOCIMIENTO DE PERJUICIOS - Daño moral y daño a la salud / INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS - Aplicación de reglas jurisprudenciales / PERJUICIOS MATERIALES - Lucro cesante / LUCRO CESANTE - Cuando el afectado está trabajando / |
Emisor | Tribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia) |
(…) Debe confirmarse la sentencia de primera instancia. Teniendo en cuenta el régimen de responsabilidad objetiva aplicable a los casos de reparación directa de los soldados conscriptos, la entidad demandada es responsable por la lesión ocasionada al señor J.D.C.A.. En relación a los perjuicios morales y por daño a la salud, la Sala comparte la decisión del a quo en cuanto a la reparación reconocida a la parte actora, en tanto se hizo dentro de los parámetros establecidos en la mencionada sentencia de unificación. En cuanto al reconocimiento de perjuicios materiales, la Sala coincide con la decisión de primera instancia porque aunque el demandante se encuentre laborando, está acreditado que se le...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba