Sentencia Nº 11001-33-37-041-2015-00196-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 14-03-2019 - Jurisprudencia - VLEX 900757969

Sentencia Nº 11001-33-37-041-2015-00196-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 14-03-2019

Fecha14 Marzo 2019
Número de expediente11001-33-37-041-2015-00196-01
Número de registro81488278
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA

SECCIÓN CUARTA

SUB SECCIÓN B

B.D.C., catorce (14) de marzo de dos mil diecinueve (2019)

SENTENCIA NRD No. 016

MAGISTRADA PONENTE: C.A.P.D.

DEMANDANTE: INVERSIONES EL CHARRASCAL S.A.S.

DEMANDADA: INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU

EXPEDIENTE: 11001-33-37-041-2015-00196-01

REFERENCIA: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Se procede a resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia proferida por el Juzgado Cuarenta y Uno (41) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá el 14 de junio de 2017, dentro del proceso promovido por la sociedad Inversiones El Charrascal S.A.S., en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, contra el Instituto de Desarrollo Urbano – IDU.

I.? A N T E C E D E N T E S

A.? LA DEMANDA

1.? LAS PRETENSIONES.

La parte actora invoca como tales las siguientes:

PRIMERO: Que se declare la nulidad total del acto administrativo Oficio No. 20145661801961 del 19 de diciembre de 2014, proferido por la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, por medio del cual es negada la solicitud de prescripción de la acción de cobro, respecto a la obligación contenida en el certificado de deuda fiscal No. 59786 del 28 de enero de 2005.

SEGUNDO: Que se declare la nulidad total del auto sin número específico del 25 de febrero de 2015, proferido por la Subdirección Técnica Jurídica y de Ejecuciones Fiscales del Instituto de Desarrollo Urbano – IDU, mediante la cual es resuelto el recurso de reposición y en subsidio el de apelación interpuesto contra el acto administrativo Oficio No. 20145661801961 del 19 de diciembre de 2014, tomando la decisión fuera de todo ámbito del derecho, de confirmar el acto administrativo recurrido.

TERCERO: Que como consecuencia de lo anterior, se restablezcan los derechos de la sociedad Inversiones El Charrascal S.A.S., levantándose las medidas cautelares que en su contra se hayan decretado por parte de la demandada, devolviéndose los valores que se hayan cancelado o se cancelen por dicho concepto, debidamente indexados y con los intereses corrientes y moratorios que se causen hasta la fecha de pago, respecto al proceso ejecutivo 59786/05.

CUARTO: Que se condene en costas y agencias en derecho a la parte demandada”.

2.? LOS HECHOS.

Se exponen en la demanda introductoria del proceso, en síntesis, los siguientes:

El 25 de enero de 2005, el ente demandado profirió el certificado de deuda fiscal No. 59786, en el cual se estableció la obligación por valorización a cargo de la empresa demandante, como propietaria del inmueble identificado con matrícula inmobiliaria No. 50N-20328623 y ubicado en la Avenida Calle 169B No. 75-50.

El 09 de marzo de 2005, el IDU libró mandamiento de pago en contra de la sociedad actora por las obligaciones derivadas de la contribución de valorización...

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