Sentencia Nº 11001-33-35-025-2011-00413-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 10-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904953835

Sentencia Nº 11001-33-35-025-2011-00413-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 10-08-2021

Fecha10 Agosto 2021
Número de expediente11001-33-35-025-2011-00413-01
Número de registro81607400
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Hospital de Bosa II Nivel / PRESTACIONES SOCIALES - La accionada no adeuda suma alguna a la demandante por dicho concepto y que por el contrario le fueron reconocidas sumas en exceso / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer, se contraen en determinar: i. Si la señora (…) tiene derecho a que los emolumentos de prima de servicios, antigüedad, navidad, técnica y vacaciones, así como la bonificación por servicios prestados, reconocimiento por permanencia, vacaciones en dinero y bonificación por recreación sean liquidados teniendo en cuenta la asignación mensual devengada por la demandante en cada anualidad desde el año 2008 hasta el 2010; ii. Si el Hospital de Bosa II Nivel, al liquidar las cesantías de la demandante, por el régimen de retroactividad, utilizó el salario base que dicho régimen dispone; iii. Si la accionada incurrió en mora en el reconocimiento y pago del auxilio de cesantías y/o persiste en ella, y si con ocasión a ello está obligado a reconocer y pagar la sanción moratoria de que trata la Ley 1071 de 2006, por un periodo mayor al reconocido por el a quo?
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