Sentencia Nº 11001-33-35-020-2017-00219-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904953982

Sentencia Nº 11001-33-35-020-2017-00219-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 26-07-2021

Fecha26 Julio 2021
Número de expediente11001-33-35-020-2017-00219-02
Número de registro81569049
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E., antes Hospital Meissen II Nivel ESE / CONTRATO REALIDAD - La señora (…) prestó sus servicios personales como auxiliar de enfermería al Hospital Meissen II Nivel ESE hoy Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE, lo hizo de manera subordinada y percibió una contraprestación económica / PRESTACIONES - Han de pagarse con base en el salario devengado por los servidores públicos que se desempeñaban el referido cargo dentro de la institución hospitalaria, durante el periodo que prestó sus servicios, entre el 29 de noviembre de 2010 al 31 de mayo de 2016, salvo sus interrupciones / PRESCRIPCIÓN - La última vinculación de la demandante fue hasta el 31 de mayo de 2016, elevó solicitud de reconocimiento y pago de acreencias laborales ante la entidad accionada el día 17 de noviembre de 2016 y radicó la demanda el 30 de junio de 2017, entre estas fechas no transcurrió un lapso igual o superior a los tres años, no operó la prescripción respecto de los contratos suscritos del 29 de noviembre de 2010 al 31 de mayo de 2016. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar, si: (i) se configuran los presupuestos para declarar la existencia de una relación laboral entre las partes, y si por lo tanto se desvirtúan los contratos de prestación de servicios suscritos entre la señora (…) y el Hospital Meissen II Nivel ESE hoy Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE, lo que daría lugar al consecuente pago de los salarios y las prestaciones sociales dejadas de percibir por la demandante y (ii) de mantenerse la decisión de primera instancia, establecer si habría lugar a declarar la prescripción de los derechos que no fueron reclamados en su debido momento?
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