Sentencia Nº 11001-33-35-027-2018-00522-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 27-07-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904954007

Sentencia Nº 11001-33-35-027-2018-00522-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 27-07-2021

Fecha27 Julio 2021
Número de expediente11001-33-35-027-2018-00522-02
Número de registro81606827
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Dirección de Sanidad del Ejército Nacional / CONSULTA INCIDENTE DE DESACATO - El Brigadier General en su calidad de Director de Sanidad del Ejército Nacional, a quién correspondía atender la orden judicial, no allegó prueba alguna de razones que le hayan impedido dar cumplimiento al fallo de tutela, la razón que originó el incumplimiento de la orden adoptada en la sentencia de tutela, deriva directamente de la voluntad del Director de Sanidad del Ejército Nacional, Brigadier General, quedando así demostrado el elemento volitivo necesario para predicar responsabilidad subjetiva / MODIFICA Y CONFIRMA LA SANCIÓN IMPUESTA - La omisión en el cumplimiento del fallo de tutela es del señor Brigadier General en su calidad de Director de Sanidad del Ejército Nacional, quien con su actuar se sustrajo injustificadamente de dar total cumplimiento material a la decisión de 19 de diciembre de 2018, encontrándose demostrada su desobediencia al negarse a hacer efectivo el fallo y los derechos fundamentales del señor (…), se dispondrá que la multa sea asumida en su totalidad por el Brigadier General Director de Sanidad del Ejército Nacional. / TESIS: Problema jurídico: ¿Revisar en grado jurisdiccional de consulta, la providencia proferida el 11 de junio de 2021 por el Juzgado 27 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, a través de la cual se resolvió imponerles al Brigadier General en calidad de Director de Sanidad del Ejército Nacional y al Brigadier General, Comandante de Personal del Ejército Nacional una multa de un (1) salario mínimo mensual legal vigente, por incumplir el fallo de tutela de fecha 19 de diciembre de 2018, proferido por ese Despacho?
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