Sentencia Nº 11001-33-35-024-2017-00174-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 01-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 904954738

Sentencia Nº 11001-33-35-024-2017-00174-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 01-06-2021

Fecha01 Junio 2021
Número de expediente11001-33-35-024-2017-00174-01
Número de registro81568809
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur E.S.E. / CONTRATO REALIDAD - En los casos de auxiliares de enfermería, concluye la Sala que las actividades ejecutadas por la contratista no se desarrollaron de forma independiente ni autónoma, sino de forma subordinada / DEVOLUCIÓN DE APORTES AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL - No procede la devolución de aportes al Sistema de Seguridad Social, dicha situación generaría un beneficio económico para la demandante que no influye en el derecho pensional que como tal se busca garantizar / DIFERENCIAS SALARIALES - No es posible el reconocimiento de las diferencias salariales pedidas por la demandante con base en la asignación mensual del cargo de Auxiliar Área de la Salud, código 412, grado 17, porque las asignaciones salariales de los funcionarios públicos de la Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE dependen de las condiciones particulares acreditadas por cada uno de ellos previamente a la vinculación legal y reglamentaria, aunque los contratos de prestación de servicios encubrieron una relación laboral, debe aceptarse como válido lo pactado por las partes en los contratos respecto de los honorarios fijados / PRESCRIPCIÓN - No operó el fenómeno jurídico de la prescripción, teniendo en cuenta que el último contrato celebrado entre la accionante y el Hospital Vista Hermosa II Nivel culminó el 30 de noviembre de 2016, la petición fue presentada el 24 de enero de 2017 y la demanda fue interpuesta el 23 de mayo de 2017, no se observa que hubo solución de continuidad. / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer si se desvirtuó la presunción de legalidad del acto administrativo demandado, que negó los derechos y acreencias laborales de la señora, al encontrar probado que se configuró una verdadera relación laboral entre ambas partes, por lo que tiene derecho al reconocimiento y pago de los salarios y prestaciones dejados de percibir con ocasión de ese vínculo, o si no están demostrados dichos elementos. En caso de encontrarse acreditado los elementos que configuren una relación laboral, se debe determinar analizar cómo procede el restablecimiento del derecho y si aplica la prescripción en este caso. Adicionalmente, se debe determinar si procede la condena en costas y agencias en derecho?
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