Sentencia Nº 11001-33-41-045-2021-00254-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 25-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905270505

Sentencia Nº 11001-33-41-045-2021-00254-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 25-08-2021

Fecha25 Agosto 2021
Número de expediente11001-33-41-045-2021-00254-01
Número de registro81581088
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Ministerio de Transporte / DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO - No se evidencia vulneración al debido proceso, el Ministerio accionado simplemente le informó al accionante que también se encontró la Póliza de Cumplimiento de Disposiciones Legales No. 1000023 de 19 de mayo de 2007, expedida la Compañía de Seguros Colpatria, sucursal de Pereira, pero fue para autorizar el registro inicial de un vehículo diferente, y que por tanto esa tampoco se podía tener en cuenta / DECLARÓ LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO POR HECHO SUPERADO RESPECTO DEL DERECHO DE PETICIÓN - No es procedente tutelar el derecho petición de la parte actora, a través del Oficio del 26 de julio de 2021, expedido en el curso de la presente acción, se le contestó de fondo negándole lo solicitado por cuanto no se evidenció Certificado de Cumplimiento de Requisitos o Aprobación de Caución expedido en su momento por el Ministerio de Transporte, y que por ello debía continuar con el tramite de normalización del vehículo, se encuentra configurado la carencia actual de objeto por hecho superado respecto del derecho fundamental de petición. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si la entidad accionada vulneró los derechos fundamentales al debido proceso y petición del actor, ante la presunta falta de respuesta de fondo y congruente a la solicitud elevada por la parte actora el 17 de junio de 2021, con radicado No. 2021-3031- 144402?
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