Sentencia Nº 11001-33-42-048-2021-00151-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 18-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905272160

Sentencia Nº 11001-33-42-048-2021-00151-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 18-08-2021

Fecha18 Agosto 2021
Número de expediente11001-33-42-048-2021-00151-01
Número de registro81593698
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Policía Nacional Subdirección Escuela Vial de la Policía Nacional / DERECHO FUNDAMENTAL AL DEBIDO PROCESO - Se configura la vulneración del derecho fundamental al debido proceso invocado por el tutelante, el superior no podía consignar por escrito en su formulario de seguimiento un llamado de atención, bajo el amparo del artículo 27 de la Ley 1015 de 2006, en razón a que dicha norma únicamente contempla como medida para encauzar la disciplina el llamado de atención verbal / DERECHOS FUNDAMENTALES A LA IGUALDAD, BUEN NOMBRE E INTEGRIDAD MORAL - No se cuenta con los elementos de juicio para concluir que la accionada haya incurrido en su vulneración. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar: (i) si la acción de tutela es el mecanismo idóneo para revisar la anotación registrada en el formulario de seguimiento del accionante el 22 de abril de 2021, por descortesía policial? ¿Superado el anterior punto, se analizará (ii) si la Policía Nacional vulneró los derechos fundamentales de debido proceso administrativo, defensa y contradicción, buen nombre e integridad moral del señor (…), al registrar en su formulario de seguimiento una anotación bajo los parámetros del artículo 27 de la Ley 1015 de 2006?
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR