Sentencia Nº 11001-33-42-051-2019-00439-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 06-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905272614

Sentencia Nº 11001-33-42-051-2019-00439-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 06-10-2021

Número de expediente11001-33-42-051-2019-00439-01
Fecha06 Octubre 2021
Número de registro81591947
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación, Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y Fiduciaria la Previsora S. A. / RECONOCIMIENTO Y PAGO DE LA CESANTÍA - Alcance / SANCIÓN MORATORIA - El pago de la sanción moratoria está a cargo de la Nación Ministerio de Educación Nacional, Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, entidad que tiene la obligación legal conforme al estudio realizado en precedencia. Se revocará la orden relacionada con la indexación de la condena, por las razones expuestas / CONDENA EN COSTAS - Teniendo en cuenta que se planteó una discusión de buena fe y que la parte vencida no incurrió en conductas dilatorias o temerarias, la Sala considera que no hay lugar a condenar en costas en esta instancia. / TESIS: Problema jurídico: ¿Dilucidar: i) cuál es la entidad responsable del reconocimiento y pago de la sanción moratoria por el pago tardío de las cesantías a favor del señor (…) y ii) si procede o no la indexación de esa condena en los términos del artículo 187 del CPACA?
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