Sentencia Nº 11001-33-35-014-2015-00317-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 03-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905273141

Sentencia Nº 11001-33-35-014-2015-00317-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 03-08-2021

Número de expediente11001-33-35-014-2015-00317-01
Fecha03 Agosto 2021
Número de registro81596537
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Colpensiones / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN - No son de recibo los argumentos de la demandante, quien considera que en su pensión deben ser incluidos todos los emolumentos devengados en las últimas 100 semanas de servicio / FACTORES A COMPUTAR EN LA BASE DE LIQUIDACIÓN - Si bien tiene derecho a acceder a esta con aplicación de los requisitos de edad, tiempo y monto del régimen pensional de las Leyes 33 de 1985 y 797 de 2003, así como del Decreto 758 de 1990, el “monto” comprende únicamente la tasa de reemplazo y no el IBL, los factores que se deben tener en cuenta son únicamente los dispuestos en el Decreto 1158 de 1994, causados en los últimos 10 años de servicios. / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer si la señora (…) tiene derecho o no a la reliquidación de su pensión con la inclusión de todos los emolumentos devengados en las últimas 100 semanas de servicios teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 758 de 1990, con la interpretación que hace la demandante, dado que es beneficiaria del régimen de transición previsto en el artículo 36 de la Ley 100 de 1993?
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR