Sentencia Nº 11001-33-42-054-2018-00526-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 19-08-2021 - Jurisprudencia - VLEX 905273355

Sentencia Nº 11001-33-42-054-2018-00526-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 19-08-2021

Número de expediente11001-33-42-054-2018-00526-01
Fecha19 Agosto 2021
Número de registro81592285
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE / CONTRATO REALIDAD - Reconocer y pagar a favor de la señora (…), las prestaciones sociales devengadas por un empleado de planta, teniendo como base para su liquidación los honorarios devengados en los contratos de prestación de servicios suscritos, durante el período comprendido entre el 11 de julio de 2006 y el 30 de diciembre de 2015, salvo sus interrupciones / PRESCRIPCIÓN - Como el contrato No. 1565 de 2006, finalizó el 31 de mayo de 2006 y la petición de reconocimiento y pago de las acreencias laborales fue radicada ante la entidad demandada el 14 de septiembre de 2018, hay lugar a decretar la prescripción respecto de los períodos de vinculación laboral comprendidos entre el 04 de abril 2006 y el 31 de mayo de 2006, ello por cuanto el término para reclamar corrió hasta el 31 de mayo de 2009, frente a las prestaciones causadas entre el 11 de julio de 2006 y el 31 de diciembre de 2015, no se presentó el fenómeno de la prescripción. / TESIS: Problemas jurídicos: ¿Determinar, si en el caso sub examine, la relación que existió entre la demandante y la SUBRED INTEGRADA DE SERVICIOS DE SALUD SUR E.S.E., a través de múltiples contratos de prestación de servicios, encubrió una verdadera relación laboral que da lugar al reconocimiento y pago de las acreencias salariales y prestacionales reclamadas. En caso afirmativo, se deberá establecer si: i) la liquidación de las prestaciones sociales reconocidas a título de restablecimiento del derecho, deben tener en cuenta los honorarios pactados o lo devengado por un empleado de planta que ejerciera las mismas funciones que el demandante, ii) operó el fenómeno prescriptivo con relación al reconocimiento y pago de los emolumentos salariales y prestaciones reclamados? ACLARACIÓN DE VOTO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE / CONTRATO REALIDAD - Reconocer y pagar a favor de la señora, las prestaciones sociales devengadas por un empleado de planta, teniendo como base para su liquidación los honorarios devengados en los contratos de prestación de servicios suscritos, durante el período comprendido entre el 11 de julio de 2006 y el 30 de diciembre de 2015, salvo sus interrupciones / PRESCRIPCIÓN - Como el contrato No. 1565 de 2006, finalizó el 31 de mayo de 2006 y la petición de reconocimiento y pago de las acreencias laborales fue radicada ante la entidad demandada el 14 de septiembre de 2018, hay lugar a decretar la prescripción respecto de los períodos de vinculación laboral comprendidos entre el 04 de abril 2006 y el 31 de mayo de 2006, ello por cuanto el término para reclamar corrió hasta el 31 de mayo de 2009, frente a las prestaciones causadas entre el 11 de julio de 2006 y el 31 de diciembre de 2015, no se presentó el fenómeno de la prescripción. / TESIS: MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO / ACLARACIÓN DE VOTO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE / CONTRATO REALIDAD - Reconocer y pagar a favor de la señora, las prestaciones sociales devengadas por un empleado de planta, teniendo como base para su liquidación los honorarios devengados en los contratos de prestación de servicios suscritos, durante el período comprendido entre el 11 de julio de 2006 y el 30 de diciembre de 2015, salvo sus interrupciones / PRESCRIPCIÓN - Como el contrato No. 1565 de 2006, finalizó el 31 de mayo de 2006 y la petición de reconocimiento y pago de las acreencias laborales fue radicada ante la entidad demandada el 14 de septiembre de 2018, hay lugar a decretar la prescripción respecto de los períodos de vinculación laboral comprendidos entre el 04 de abril 2006 y el 31 de mayo de 2006, ello por cuanto el término para reclamar corrió hasta el 31 de mayo de 2009, frente a las prestaciones causadas entre el 11 de julio de 2006 y el 31 de diciembre de 2015, no se presentó el fenómeno de la prescripción. ACLARACIÓN DE VOTO - Subred Integrada de Servicios de Salud Sur ESE / CONTRATO REALIDAD - Reconocer y pagar a favor de la señora, las prestaciones sociales devengadas por un empleado de planta, teniendo como base para su liquidación los honorarios devengados en los contratos de prestación de servicios suscritos, durante el período comprendido entre el 11 de julio de 2006 y el 30 de diciembre de 2015, salvo sus interrupciones / PRESCRIPCIÓN - Como el contrato No. 1565 de 2006, finalizó el 31 de mayo de 2006 y la petición de reconocimiento y pago de las acreencias laborales fue radicada ante la entidad demandada el 14 de septiembre de 2018, hay lugar a decretar la prescripción respecto de los períodos de vinculación laboral comprendidos entre el 04 de abril 2006 y el 31 de mayo de 2006, ello por cuanto el término para reclamar corrió hasta el 31 de mayo de 2009, frente a las prestaciones causadas entre el 11 de julio de 2006 y el 31 de diciembre de 2015, no se presentó el fenómeno de la prescripción. / TESIS: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA SECCIÓN SEGUNDA - TESIS: ACLARACIÓN DE VOTO -
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