Sentencia Nº 11001333400620200031601 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879153142

Sentencia Nº 11001333400620200031601 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-02-2021

Sentido del falloDECLARAR
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81559973
Fecha11 Febrero 2021
Número de expediente11001333400620200031601
Normativa aplicada1. Constitución Política (Art. 86).
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Segunda instancia / ACCIÓN DE TUTELA - Derecho de petición / TESIS: (…) En conclusión, verificados los anteriores documentos, la sala concluye que los mismos corresponden en su totalidad a la respuesta del derecho de petición en los términos que los solicitó el accionante a Colfondos SA y Colpensiones. Si bien, la entidad accionada dio respuesta al derecho de petición enviándola al accionante, no lo hizo oportunamente, conforme a lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto 491 del 28 de marzo de 2020, que modificó los términos para atender las peticiones con ocasión de la emergencia sanitaria que fue declarada en Colombia, que debían ser resueltas dentro de los 30 días siguientes a la recepción, y en todo caso cuando la petición no fura posible responderla en dicho plazo, la autoridad debe informar esta circunstancia al interesado expresando los motivos, así las cosas se observa que como la petición se radicó en junio y octubre de 2020, y solo se dio respuesta después de iniciado el trámite tutelar y vencido el plazo de los 30 días. (…)
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