Sentencia Nº 110013335009202000108- 01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-08-2020 - Jurisprudencia - VLEX 901390989

Sentencia Nº 110013335009202000108- 01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 11-08-2020

Fecha11 Agosto 2020
Número de expediente110013335009202000108- 01
Número de registro81516979
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaACCIÓN DE TUTELA - Nación Presidencia de la República, Ministerio de Relaciones Exteriores y Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital / DERECHOS FUNDAMENTALES A LA VIDA DIGNA, MÍNIMO VITAL, SALUD E IGUALDAD - Amparar los derechos fundamentales a la vida en condiciones dignas y al mínimo vital de los señores junto con su núcleo familiar, ordenar a la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia y a la Alcaldía Mayor de Bogotá, Distrito Capital que de manera coordinada y articulada procedan a verificar las condiciones en las que se encuentran los accionantes, con el fin de corroborar si voluntariamente desean migrar a la República Bolivariana de Venezuela y establecer si es viable el despacho humanitario para estos migrantes, deberán gestionar lo pertinente con las demás autoridades involucradas en el retorno voluntario de migrantes venezolanos a la República Bolivariana de Venezuela, y habilitar un corredor humanitario que permita a estas personas ingresar a su país en condiciones seguras y bajo mitigación de riesgo biológico a la mayor brevedad posible. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si en el caso concreto se vulneran los derechos fundamentales invocados a la vida digna, mínimo vital, salud e igualdad, de los demandantes así como del núcleo familiar, por parte de las autoridades accionadas, habida cuenta que no se han adelantado las coordinaciones con la autoridad migratoria de Venezuela para habilitar un corredor humanitario que les permita ingresar a su país en condiciones seguras y bajo mitigación de riesgo biológico, teniendo en cuenta que las actuales medidas de aislamiento obligatorio preventivo adoptadas por el Gobierno Nacional, les ha impedido conseguir los recursos necesarios para garantizar una vida en condiciones dignas en la ciudad de Bogotá? ¿Se debe verificar si es pertinente amparar los derechos invocados por la parte? INTERÉS INTERNACIONAL - ESPII: CONTROL DE DESPACHOS HUMANITARIOS PARA MIGRANTES, desde el 13 de mayo de 2020, sin que lo anterior implique el asumir competencias no atribuibles al Distrito Capital. / TESIS: TEMAS: Resolución No 1265 de 28 de mayo 2020 acciones institucionales para el retorno voluntario de migrantes venezolanos a la República Bolivariana de Venezuela.
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