Sentencia Nº 110013335010201600462-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 14-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155520

Sentencia Nº 110013335010201600462-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 14-04-2021

Sentido del falloCONFIRMA FALLO
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81558576
Fecha14 Abril 2021
Número de expediente110013335010201600462-01
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Colpensiones / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN DE JUBILACIÓN - Tuvo derecho a que Colpensiones le reconociera la pensión de vejez con el régimen pensional anterior a la Ley 100 de 1993, esto es el regulado en los Decretos 1047 de 1978 y 1933 de 1989, en cuanto a la edad, tiempo de servicio y monto de la pensión, aplicables para los cargos de Detective Agente, Profesional o Especializado, aceptados como de alto riesgo / RÉGIMEN ESPECIAL DAS - La actora es beneficiaria de los regímenes de transición del parágrafo 5º del artículo 2º de la Ley 860 de 2003 y el artículo 4 del Decreto 1835 de 1994, pues se vinculó al DAS antes del 3 de agosto de 1994 desempeñando como último cargo el de Detective Especializado 206 / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si la señora (…), tiene derecho a la reliquidación de su pensión de jubilación, en condición de ex Detective del suprimido Departamento Administrativo de Seguridad- DAS, por no habérsele tenido en cuenta la totalidad de los factores salariales devengados durante el último año de servicios, especialmente la prima de riesgo, de conformidad con los Decretos 1047 de 1978 y 1933 de 1989, o si por el contrario, y al tenor de lo aseverado por la entidad demandada, para efectos de la liquidación pensional le es aplicable el inciso 3° del artículo 36 de la Ley 100 de 1993 y su Decreto reglamentario 1158 de 1994?
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