Sentencia Nº 110013335012201600232-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155531

Sentencia Nº 110013335012201600232-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-02-2021

Sentido del falloREVOCA FALLO
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81558906
Número de expediente110013335012201600232-01
Fecha24 Febrero 2021
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio / INDEMNIZACIÓN MORATORIA PAGO DE CESANTÍAS - Solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales el 1 de febrero de 2010 y los 15 días para que la entidad demandada expidiera la resolución de reconocimiento de las cesantías vencieron el 22 de febrero de 2010, los 5 días de ejecutoria se cumplieron el 1 de marzo de 2010, y los 45 días culminaron el 6 de mayo de 2010, el derecho se hizo exigible a partir del día siguiente, el 7 de mayo de 2010, el pago de las cesantías llevó a cabo 25 de febrero de 2011 / PRESCRIPCIÓN - A partir del 7 de mayo de 2010 la demandante tenía tres años para reclamar el pago de la sanción moratoria, hasta el 7 de mayo de 2013, ella presentó petición destinada a obtener su reconocimiento el 17 de julio de 2013, cuando ya se encontraba prescrito el derecho a solicitarla, se declara probada de oficio la excepción de prescripción extintiva del derecho, se niegan las pretensiones de la demanda. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si se configura o no la falta de legitimación en la causa por pasiva propuesta por la Fiduprevisora S.A. No obstante, la Sala considera necesario estudiar de oficio si en el presente caso se configura la prescripción extintiva del derecho?
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