Sentencia Nº 110013335022201600445-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 15-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879260358

Sentencia Nº 110013335022201600445-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 15-06-2021

Número de expediente110013335022201600445-02
Fecha15 Junio 2021
Número de registro81565954
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Defensa Nacional / RETIRO POR INVALIDEZ - La Junta Médico Laboral le asignó al señor Mayor una disminución de su capacidad laboral del 84.91% clasificando su capacidad psicofísica como Invalidez y No Apto / INVALIDEZ, NO APTO PARA EL SERVICIO MILITAR - Situación esta que resulta ajustada a lo señalado por el parágrafo del artículo 28 del Decreto 1796 configurándose una causal de retiro absoluto de la Institución / REINTEGRO - Al ser la disminución de la capacidad laboral, superior al 50%, lo procedente es el reconocimiento de la pensión de invalidez, pues el reintegro laboral es una protección para quien ha dejado de ser inválido, que en el sub lite no ocurrió, pues si bien la calificación de la Junta fue modificada por el Tribunal, este la estableció en un porcentaje del 75%, el cual resulta superior al 50% determinado en la norma. / TESIS: Problema jurídico: ¿Establecer si procede el reintegro laboral del demandante, a pesar de haber sido retirado en forma absoluta del servicio, por invalidez, teniendo como fundamento, lo dispuesto en el Acta de Tribunal Médico Laboral de Revisión Militar y de Policía, que modificó los resultados de la Junta Médico Laboral, indicando, que el señor «presenta clasificación de las lesiones o afecciones y calificación de capacidad para el servicio como invalidez, no apto para la actividad militar y una disminución de la capacidad laboral del 75.16%»?
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