Sentencia Nº 110013335024201800331-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 05-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155415

Sentencia Nº 110013335024201800331-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 05-05-2021

Sentido del falloREVOCA SENTENCIA
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Fecha05 Mayo 2021
Número de expediente110013335024201800331-01
Número de registro81557932
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN DOCENTE - Se negara la reliquidación pensión para el caso particular de la demandante, solo se tendrán en cuenta todos los factores salariales devengados durante el año anterior al retiro del servicio, siempre que se encuentren relacionados en el artículo 1.° de la Ley 62 de 1985 / DESCUENTOS POR SALUD EN LA MESADA ADICIONAL DE JUNIO Y DICIEMBRE - La entidad demandada deberá reintegrar a la señora (…) las sumas descontadas por salud de las mesadas adicionales de diciembre, a partir del 26 de agosto de 2014, por haberse configurado el fenómeno de la prescripción, sumas que deben ser actualizadas de conformidad con lo establecido en el artículo 187 inciso final, de la Ley 1437 de 2011, teniendo en cuenta los índices de inflación certificados por el DANE y mediante la aplicación de la fórmula matemática adoptada por el Consejo de Estado. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si a la señora (…) le asiste derecho, o no, para reclamar la reliquidación de la pensión de jubilación con inclusión de todos los factores salariales devengados en el último año de servicio y, se ordene la suspensión y devolución de los descuentos efectuados en salud sobre las mesadas adicionales de diciembre?
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