Sentencia Nº 110013335026201600146-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 17-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879154696

Sentencia Nº 110013335026201600146-02 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 17-02-2021

Fecha17 Febrero 2021
Número de expediente110013335026201600146-02
Número de registro81563003
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaORDENA SEGUIR ADELANTE CON LA EJECUCIÓN - Precedente Jurisprudencial Aplicable / PAGO INTERESES MORATORIOS - Para determinar el capital respecto del cual se deben calcular los intereses, el Juez debe efectuar los respectivos descuentos por concepto de aportes a salud sobre cada una de las mesadas o diferencias que integran el capital y, además, se deben descontar las sumas correspondientes a los aportes no realizados por la parte demandante, como lo dispuso el fallo constitutivo del título ejecutivo, en su Numeral Cuarto, si ello no se hubiere efectuado / TESIS: Problema jurídico: ¿Debe analizar i) si en el presente asunto los intereses moratorios causados deben liquidarse conforme a las reglas previstas en el artículo 177 del CCA, o, por el contrario, conforme lo dispone el Decreto 2469 de 2015, que reglamenta los artículos 194 y 195 del CPACA, y ii) si es procedente o no la condena en costas impuesta por el A quo?
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