Sentencia Nº 110013335030201900142-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 07-05-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879155042

Sentencia Nº 110013335030201900142-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 07-05-2021

Número de registro81561357
Fecha07 Mayo 2021
Número de expediente110013335030201900142-01
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio y Fiduciaria la Previsora S.A. / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN DE JUBILACIÓN - No le asiste razón a la parte actora en solicitar la reliquidación de la pensión con la inclusión de todos los factores de salario devengados en el último año de servicio anterior a la adquisición del estatus de pensionada, a los docentes se les debe reconocer la pensión de jubilación, solamente los factores salariales señalados expresamente en la Ley 62 de 1985, según lo dispuesto en la sentencia de unificación del 25 de abril de 2019 / DESCUENTOS EN SALUD - Es procedente declarar la existencia del acto ficto o presunto producto del silencio administrativo negativo, respecto de la petición presentada el 24 de julio de 2018, no se encuentra acreditado dentro del plenario que se hubiese dado respuesta de fondo a la petición / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar sí la demandante, tiene derecho o no a la reliquidación de la pensión de jubilación de conformidad con lo establecido en la Ley 33 de 1985, y en caso afirmativo qué factores deben incluirse y cómo debe reliquidarse? ¿Además, se debe determinar si tiene derecho a que le sea reintegrado el 12% por concepto de cotización para la prestación de servicios de salud sobre los dineros descontados correspondientes a las mesadas adicionales?

MEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO –...

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