Sentencia Nº 11001333603120150081701 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 20-01-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879156715

Sentencia Nº 11001333603120150081701 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 20-01-2021

Sentido del falloCONFIRMAR
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81559036
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente11001333603120150081701
Normativa aplicada1. Constitución Política (Art. 90).
MateriaMEDIO DE CONTROL - Reparación directa / RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL NACIÓN MINISTERIO DE DEFENSA EJÉRCITO NACIONAL - Por las lesiones que sufrió un soldado profesional por la explosión de una mina / JUEZ DE SEGUNDA INSTANCIA - Límites en su competencia / TESIS: (…) no se presenta falla en el servicio dado que analizadas las pruebas en conjunto, se puede concluir que el demandante para la fecha de los hechos no se encontraba trayendo víveres sin el equipo EXDE, sino estaba de centinela prestando guardia al momento de los hechos junto al pelotón que pertenecía con el respectivo equipo EXDE. No se acreditó que el Ejército Nacional haya sometido al demandante a un riesgo extraordinario que no estuviera en condiciones de soportar, o que hubiese quebrantado las cargas que le correspondían frente a los demás compañeros. A pesar de que se demostró que el demandante para el momento de los hechos se encontraba de centinela y cuando avanzó unos metros le explotó la mina, dicha situación no podrá ser estudiada en esta instancia, ya que en virtud de los principios de congruencia y dispositivo, los cuales gobiernan las facultades de los jueces en segunda instancia, no es posible pronunciarse sobre circunstancias fácticas que no fueron planteadas inicialmente en el litigo dentro de la primera instancia, como tampoco fueron propuestos en el recurso de apelación, pues esta situación vulneraria el derecho de contradicción y defensa de la contraparte y los límites de competencia del juez en segunda instancia. (…) B - Calificación de las lesiones o afectaciones y calificación de capacidad psicofísica para el servicio. / TESIS: INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL - TESIS: C - Evaluación de la disminución de la capacidad laboral. C - Evaluación de la disminución de la capacidad laboral. / TESIS: LE PRODUCE UNA DISMINUCIÓN DE LA CAPACIDAD LABORAL DEL NOVENTA PUNTO SETENTA POR CIENTO (90.70%). - D - Imputabilidad del Servicio / TESIS: LESIÓN-1. OCURRIÓ EN SERVICIO COMO CONSECUENCIA DEL COMBATE SEGÚN INFORMATIVO ADMINISTRATIVO No. 10 de fecha 18 de mayo de 2012 LITERAL C.
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