Sentencia Nº 110013337044-2015-00075-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 03-12-2020 - Jurisprudencia - VLEX 879152390

Sentencia Nº 110013337044-2015-00075-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 03-12-2020

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
Número de registro81516884
Número de expediente110013337044-2015-00075-01
Fecha03 Diciembre 2020
Normativa aplicada1. CPACA artículos 153, 208, 196, 198, 199, 200, 306; C.G.P. artículos 133, 291, 292, 365; Ley 675/2001 artículos 33, 3; CN artículos 365, 367; Ley 142/1994 artículo 89; Ley 286/1996 artículo 5; Ley 223/1995 artículo 97; Ley 1430/2011 artículo 2; Ley 632/2000 artículo 2; Decreto 1013/2005 artículo 2
MateriaNULIDAD PROCESAL - Causales / NOTIFICACIÓN PERSONAL - Casos en los que procede / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD - Naturaleza jurídica / CONTRIBUCIÓN DE SOLIDARIDAD EN LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO - Tiene el carácter de territorial / DERECHO A LA IGUALDAD - Parámetros que deben comprobarse para analizar una vulneración o amenaza del derecho a la igualdad / NOTIFICACIÓN PERSONAL - Tramite / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD - Recaudo / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD - Base gravable / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD - Tarifa / CONTRIBUCION DE SOLIDARIDAD - Metodología para ajustar la contribución de solidaridad o factor en el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo / CONTRIBUCIÓN DE SOLIDARIDAD EN LOS SERVICIOS DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO - Frente a este tributo no resulta aplicable la exoneración prevista en el artículo 33 de la Ley 675 de 2001 / TESIS: Problemaa jurídico: Determinar si la contribución por solidaridad en el servicio de acueducto, alcantarillado y aseo es un impuesto del orden nacional para efectos de la exoneración de que trata el artículo 33 de la Ley 675 de 2001, y en todo caso, si las zonas comunes de los edificios son sujeto pasivo de dicha contribución.
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