Sentencia Nº 110013342048201800139-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-02-2021 - Jurisprudencia - VLEX 879259697

Sentencia Nº 110013342048201800139-01 del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, 24-02-2021

Fecha24 Febrero 2021
Número de expediente110013342048201800139-01
Número de registro81564004
EmisorTribunal Administrativo de Cundinamarca (Colombia)
MateriaMEDIO DE CONTROL DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO - Nación Ministerio de Educación Nacional y Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio / RELIQUIDACIÓN PENSIÓN - Se ordena la reliquidación de la pensión otorgada al demandante incluyendo lo devengado por concepto de bonificaciones decreto, las sumas por concepto de cotización no realizadas no deberán ser asumidas por el trabajador, no se ordenará deducir suma alguna de los valores a reconocer al demandante por concepto de la condena; sin perjuicio que la Entidad demandada pueda perseguir el pago respecto al empleador / PRESCRIPCIÓN - Entre la fecha en que se causó el derecho para el demandante, desde que le fue reconocida la pensión de jubilación 2 de octubre de 2015, y la radicación de la demanda 19 de abril de 2018, no transcurrió un término mayor a 3 años, no operó el fenómeno de prescripción de las mesadas pensionales. / TESIS: Problema jurídico: ¿Determinar si el actor tiene derecho a la reliquidación de la pensión de jubilación con la inclusión de todos los factores devengados en el año anterior al estatus pensional?
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