Sentencia Nº 110016000049200909477 02 del Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal, 09-05-2023 - Jurisprudencia - VLEX 950417475

Sentencia Nº 110016000049200909477 02 del Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal, 09-05-2023

Sentido del falloConfirma/Sentencia No. 152
EmisorSala Penal (Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá de Colombia)
Fecha09 Mayo 2023
Número de expediente110016000049200909477 02
Normativa aplicada1. CSJ SP, decisión AP3009-2022 rad. 57112. Que reiteró el criterio de las decisiones SP8463-2017 rad. 47446, y los del 5 de agosto del 2019 rad. 53828, del 14 de junio del 2017, rad. 47446, y del 5 de agosto del 2019, rad. 53823.
MateriaOMISIÓN DE AGENTE RETENEDOR O RECAUDADOR - Prescripción de las obligaciones tributarias via administrativa, no extinguen la acción penal / TESIS: La Corte Suprema de Justicia ha establecido de manera pacífica y uniforme que «(…) con ocasión de la declaratoria de prescripción de las obligaciones tributarias (…) las decisiones que en ese sentido tome la DIAN, no extinguen la acción penal». OMISIÓN DE AGENTE RETENEDOR O RECAUDADOR - Fuerza mayor como causal eximente de la responsabilidad: no acreditada ante prelación de créditos de las obligaciones fiscales / TESIS: Dicha causal eximente de responsabilidad presupone que, ante su configuración, se constituye una ausencia de conducta humana alguna que sea jurídicamente relevante para el derecho penal, precisamente porque el injusto se configuró ante una circunstancia externa imprevisible e irresistible para el sujeto activo, la cual debe estar debidamente probada en el proceso. En todo caso, no debe perderse de vista que la argumentación de la defensa resulta del todo insuficiente, pues como bien lo destacó la primera instancia, de conformidad con el artículo 2495 del Código Civil, son créditos de primera clase los del fisco por impuestos fiscales, de modo que tienen prevalencia frente a otros de carácter civil o comercial genéricos.
Número de registro81694485
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