Sentencia Nº 13001 -31 -03 -004 -2010 -00389 -01 del Tribunal Superior de Cartagena Sala Civil - Familia, 21-04-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980640893

Sentencia Nº 13001 -31 -03 -004 -2010 -00389 -01 del Tribunal Superior de Cartagena Sala Civil - Familia, 21-04-2021

Sentido del falloNúmero de Radicación: 13001 -31 -03 -004 -2010 -00389 -01
Número de registro81544523
Fecha21 Abril 2021
Número de expediente13001 -31 -03 -004 -2010 -00389 -01
Normativa aplicada1. Artículo 241 del C. de P. C. y artículo 232 del C. G. del P
MateriaPRUEBA PERICIAL - Valoración probatoria / PRUEBA PERICIAL - a Prueba pericial no ata al juzgador, por cuanto, al igual que los demás medios de convicción, debe ser valorada bajo los postulados de la sana crítica, de ahí que toda experticia deba apreciarse teniendo en cuenta su solidez, claridad, exhaustividad, precisión y calidad de sus fundamentos, la idoneidad del perito y su comportamiento en la audiencia, conforme exige el artículo 241 del C. de P. C. (artículo 232 del C. G. del P.) /
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