Sentencia Nº 13836 -31-84-001-2020-00034-01 del Tribunal Superior de Cartagena Sala Civil - Familia, 21-10-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980640198

Sentencia Nº 13836 -31-84-001-2020-00034-01 del Tribunal Superior de Cartagena Sala Civil - Familia, 21-10-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Número de registro81568654
Fecha21 Octubre 2021
Número de expediente13836 -31-84-001-2020-00034-01
Normativa aplicada1. Artículos 97, 165, 197, Parágrafo 1° del artículo 281 y articulo 389 del C. G. del P
MateriaCONFESIÓN FICTA O PRESUNTA - Pronunciamiento jurisprudencial / CONFESIÓN FICTA O PRESUNTA - Es posible dar por verdaderos los enunciados fácticos que propone la parte demandante por el solo hecho de que la parte demandada no conteste la demanda, todo, claro está, siempre que se trate de circunstancias para cuya demostración no se requiera una prueba específica o, si se quiere, una prueba conducente / PARTE DEMANDADA - Cuando se presumen ciertos los hechos narrados en la demanda, surge un efecto consecuencial, consistente en que se invierte la carga de la prueba, pues será al extremo demandado a quien corresponda desvirtuar la confesión ficta que operó en su contra, conforme al artículo 197 del C. G. del P / CUSTODIA Y LA PATRIA POTESTAD - Diferencias señaladas por la jurisprudencia / FALLOS EXTRA Y ULTRAPETITA - El parágrafo 1° del artículo 281 del C. G. del P. permite que el Juez de Familia dicte fallos extra y ultrapetita /
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