Sentencia Nº 15757318900120220000401 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 20-02-2023 - Jurisprudencia - VLEX 980644022

Sentencia Nº 15757318900120220000401 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 20-02-2023

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia)
Fecha20 Febrero 2023
Número de expediente15757318900120220000401
Número de registro81694901
Normativa aplicada1. CSJ. SP 8 jul. 2009, rad. 31280 y SP10299-2014 5 agt. 2014, rad. 40972; SP11726-2014 3 sep. 2014, rad. 33409; CSJ SP 969-2018.
MateriaHOMICIDIO - IMPROCEDENCIA DEL RECURSO PARA LA VERIFICACIÓN DE LA TIPIFICACIÓN DE LA CONDUCTA EN ALLANAMIENTO A CARGOS: No es viable la intervención material del juez de conocimiento, el debate sobre la tipicidad. / IMPROCEDENCIA DEL RECURSO PARA LA VERIFICACIÓN DE LA TIPIFICACIÓN DE LA CONDUCTA EN ALLANAMIENTO A CARGOS - AUSENCIA DE YERRO EVIDENTE Y GROSERO EN LA ADECUACIÓN DEL TIPO PENAL: Se trata de un criterio personal basado en lo que considera, el recurrente (representante de víctimas), debió ser la imputación fáctica y jurídica que realizó la Fiscalía, en la medida que se abstuvo de imputar algunos de los agravantes. / TESIS: Sin embargo, el análisis propuesto por el recurrente se enmarca no en un yerro evidente y grosero en la adecuación del tipo penal, sino en un criterio personal basado en lo que considera debió ser la imputación fáctica y jurídica que realizó la Fiscalía, en la medida que se abstuvo de imputar algunos de los agravantes previstos en el artículo 104 del C.P. análisis que no es factible efectuar por parte del juez de conocimiento, pues lo que se evidencia a simple vista es que las circunstancias fácticas que fueron objeto de imputación, se corresponden con el delito de homicidio. Igualmente, la modificación pretendida, generaría una intervención en la labor propia del ente acusador, único titular de la acción penal y, por ende, único llamado a establecer el delito por el que será objeto de imputación, sin que le sea posible al funcionario judicial proceder a agravar la pena, máxime cuando se trata de allanamiento a cargos, en virtud del cual se profirió sentencia condenatoria.
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