Sentencia Nº 15759-31-05-002-2019-00040-01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 04-06-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980642376

Sentencia Nº 15759-31-05-002-2019-00040-01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 04-06-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia)
Fecha04 Junio 2021
Número de expediente15759-31-05-002-2019-00040-01
Normativa aplicada1. SL1692-2018 y SL007-2019
MateriaEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL POR CONTRATO VERBAL COMO MINERO EN SOCAVÓN - LIMITANTES Y DIFICULTADES PROBATORIAS PARA DETERMINAR EXTREMOS TEMPORALES DE LA RELACIÓN LABORAL: El mismo demandante hizo que lo vincularan en nómina, nunca cumplió horario, tampoco recibía órdenes del representante legal de la demandada ni de ningún empleado de la sociedad, se trató de un profesional que ingresó a la empresa a desarrollar el proyecto que ofreció al representante legal de la sociedad demandada. / TESIS: La Sala de decisión, consciente de las limitantes y dificultades probatorias, respecto de este tipo de vínculos, concluye de manera razonable, que existen suficientes argumentos y elementos que permiten dilucidar sin temor a equívocos y a partir de las declaraciones citadas y las pruebas documentales allegadas, con sustento en el precedente jurisprudencial del órgano de cierre de la jurisdicción ordinaria citado líneas atrás, que el contrato de trabajo se dio desde el 1° de marzo del 2013 al 9 de agosto de 2016, por cuanto fue requerido por el Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Santa Rosa de Viterbo (fl.55), dicho vínculo laboral se suspendió temporalmente entre el 11 de enero al 12 de marzo del 2014, período en que el aquí demandante estuvo privado de la libertad, en primer lugar por cuenta del INPEC y luego en su residencia, lapso en el que no tuvo permiso para trabajar con ocasión de la medida de aseguramiento privativa de la libertad, que se le impuso para ese entonces, como a bien tuvo la A quo, al hacer el estudio del caso. REPÚBLICA DE COLOMBIA
Número de registro81558986
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