Sentencia Nº 15759310500120180043101 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 24-02-2021
Sentido del fallo | CONFIRMA SENTENCIA |
Emisor | Sala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia) |
Fecha | 24 Febrero 2021 |
Número de expediente | 15759310500120180043101 |
Número de registro | 81533492 |
Normativa aplicada | 1. artículo 69 del C. P. T. y S. S., artículos 21 y 22 del Acuerdo Núm. 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 del mismo año.Ley 100 de 1993. sentencia T-109 de 2019, sentencia SU 140 del 28 de marzo de 2019. 2. sentencia T-109 de 2019, |
Materia | IMPROCEDENCIA DEL INCREMENTO PENSIONAL DEL 14% POR DEPENDENCIA ECONÓMICA DE SU CÓNYUGE - DEROGATORIA ORGÁNICA DEL INCREMENTO POR LA VIGENCIA DE LA LEY 100 DE 1993: Conforme a la sentencia SU 140 del 28 de marzo de 2019. / TESIS: Aunado a lo anterior, para efectos de dar claridad a la actual postura de la Corporación, es importante referir que respecto a la vigencia de tales incrementos este Tribunal, con fundamento en precedentes de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte Constitucional en sede de tutela, había sostenido la vigencia y aplicación de las normas relativas a ellos para los beneficiarios del régimen de transición; sin embargo, la Corte Constitucional volvió a estudiar el tema de los incrementos en la sentencia SU 140 del 28 de marzo de 2019; pero esta vez desde el punto de vista de su vigencia y lo hizo desde algunas de las perspectivas o argumentos planteados por COLPENSIONES, sobre todo aquellos relacionados con que los mismos no formaran parte integral de la pensión, el alcance del régimen de transición, la sostenibilidad del sistema y aún la perspectiva de género, y, en una decisión dividida (hubo cuatro salvamentos de voto), encontró que la normatividad relativa a esos incrementos había sido objeto de derogatoria orgánica por la Ley 100 de 1993. IMPROCEDENCIA DEL INCREMENTO PENSIONAL DEL 14% POR DEPENDENCIA ECONÓMICA DE SU CÓNYUGE - EFECTOS DE LA SENTENCIA DE UNIFICACIÓN: Obligatoriedad y alcance que la jurisprudencia constitucional hacía el futuro. / TESIS: Frente a la sentencia de unificación no queda a la Sala otra alternativa que darle aplicación, por la obligatoriedad y alcance que la jurisprudencia constitucional da a las sentencias de unificación, reiterado recientemente en la sentencia T-109 de 2019, N(…) Podría pensarse que los efectos de la sentencia solo se predicarían hacía el futuro; pero ello no es así, porque se trata de una situación de hecho, la de la derogatoria, que siempre fue alegada por la demandada COLPENSIONES y que no obstante las discusiones a que dio lugar, ahora, simplemente es reconocida. REPÚBLICA DE COLOMBIA |
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