Sentencia Nº 1575931050012019-00162-01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 16-10-2020 - Jurisprudencia - VLEX 980646695

Sentencia Nº 1575931050012019-00162-01 del Tribunal Superior Santa Rosa de Viterbo Sala Única, 16-10-2020

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
EmisorSala Única (Tribunal Superior de Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo de Colombia)
Fecha16 Octubre 2020
Número de expediente1575931050012019-00162-01
Número de registro81517450
Normativa aplicada1. artículo 69 del Código Procesal del Trabajo,Acuerdo 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 de mismo año, sentencia SU140 de 2019 artículo 36 de la Ley 100 de 1993sentencia T-389 del 22 de mayo de 2006 CSJ Sala de Casación laboral sentencia del 27 de julio de 2005 radicación 21.517 y del 05 de octubre de 2007, radicación 29531. 3 Ver Sentencia T-318 de 2015, artículo 21 del Decreto 758 de 1990 Corte Constitucional Sentencia T-109-2019.
MateriaPENSIÓN DE VEJEZ - INCREMENTO PENSIONAL POR PERSONA A CARGO. Improcedencia por cambio de jurisprudencia con la sentencia . / TESIS: Teniendo en cuenta lo expuesto, ésta Sala de Decisión aclara que como quiera que en anteriores oportunidades y siguiendo las directrices que en otrora fueron expuestas tanto por la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, como por la Corte Constitucional, había optado por acatar lo dispuesto en sus distintas decisiones, hoy, una vez reexaminado el problema jurídico por ésta última Corporación y en atención al deber de acatamiento del precedente judicial de la jurisprudencia constitucional4, procede a darle aplicación a lo dispuesto en la sentencia de unificación mencionada, esto es, SU140 de 2019, por compartir además, su argumentación, según la cual, la normatividad relativa a los incrementos, fue objeto de derogatoria orgánica por la Ley 100 de 1993, motivo por el cual no se encuentran vigentes. Ahora bien, si bien en principio podría pensarse que los efectos de la sentencia solo se predicarían hacía el futuro, lo cierto es que la derogatoria de la norma se dio con la entrada en vigencia de la Ley 100 de 1993, debiendo tenerse en cuenta además, que tal discusión constantemente fue propuesta por COLPENSIONES, cuya postura, no obstante las discusiones a que dio lugar, con la reciente sentencia de unificación referida, fue reconocida. Consecuentes con las consideraciones expuestas, se dirá que a pesar de que el demandante sea beneficiario del régimen de transición y haber adquirido su pensión por vejez, conforme al Acuerdo 049 de 1990 aprobado por el Decreto 758 de 1990, concedida por el ISS hoy COLPENSIONES, de acuerdo a la sentencia SU 140 de 2019, con la expedición de la Ley 100 de 1993 los incrementos pensionales solicitados, fueron derogados, razón por la que no habría lugar a acceder a las pretensiones, imponiéndose la confirmación de la sentencia consultada. Radicación: 1575931050012019-00162-01 1
    • Este documento está disponible en versión original sólo para clientes de vLex

      Consulta este documento y prueba vLex durante 7 días
    • PRUÉBALO

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR