Sentencia Nº 17001-23-33-000-2017-00303-00 del Tribunal Administrativo de Caldas, 21-07-2023 - Jurisprudencia - VLEX 972733103

Sentencia Nº 17001-23-33-000-2017-00303-00 del Tribunal Administrativo de Caldas, 21-07-2023

Sentido del falloNIEGA
EmisorTribunal Administrativo de Caldas (Colombia)
Fecha21 Julio 2023
Número de expediente17001-23-33-000-2017-00303-00
Número de registro81698347
MateriaACCIÓN DE GRUPO - Ambiente sano / INTIMIDAD FAMILIAR - Indemnización de perjuicios. / TESIS: Problema Jurídico: ¿Se demostraron por la parte demandante los elementos necesarios para declarar patrimonialmente responsable a la parte accionada por los perjuicios que se dicen padecidos por los accionantes con ocasión del supuesto secamiento y/o disminución de fuentes de agua en el corregimiento de Bolivia del Municipio de Pensilvania, con ocasión de la construcción del túnel de conducción de la central hidroeléctrica El Edén?

TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CALDAS

-Sala Quinta de Decisión-

Magistrado Ponente: Augusto Ramón Chávez Marín

S.: 099

Asunto: Sentencia de primera instancia

Medio de control: Reparación de los Perjuicios Causados a un Grupo

Radicación: 17001-23-33-000-2017-00303-00

Demandantes: M.Á.B.M. y otros

Demandados: Nación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Corporación Autónoma Regional de Caldas (CORPOCALDAS)

Central Hidroeléctrica El Edén S.A. E.S.P.

Vinculado: Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)

Aprobado en Sala Ordinaria de Decisión, según consta en Acta nº 037 del 21 de julio de 2023

Manizales, veintiuno (21) de julio de dos mil veintitrés (2023).

ASUNTO

De conformidad con el artículo 187 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA)1, esta Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Caldas procede a dictar sentencia en primera instancia dentro del proceso de reparación de los perjuicios causados a un grupo, promovido por el señor M.Á.B.M. y otros contra la Nación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la Corporación Autónoma Regional de Caldas (CORPOCALDAS)2 y la Central Hidroeléctrica El Edén S.A. E.S.P., y al cual se vinculó a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA)3.

LA DEMANDA

Pretensiones

En ejercicio de este medio de control, promovido el 28 de abril de 20174, el señor M.Á.B.M. y otros presentaron demanda5 contra la Nación – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, CORPOCALDAS y la Central Hidroeléctrica El Edén S.A. E.S.P., solicitando lo siguiente6:

1.? Que se declare a las entidades demandadas, administrativamente responsables por la vulneración de los derechos fundamentales y colectivos a la vida, al agua, a la salud, a la intimidad familiar, al goce de un ambiente sano, a la existencia del equilibrio ecológico y el manejo y aprovechamiento racional de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución, a la seguridad pública, a la prevención de desastres previsibles técnicamente, a la recreación y a la libertad de empresa; lo que conllevó a la causación del daño antijurídico de que trata la demanda.

2.? Que se declare que la vulneración de los derechos individuales y colectivos se generó en las circunstancias de tiempo, modo y lugar relacionados en los hechos de la demanda, como consecuencia de la ejecución y puesta en marcha de las obras y actividades que hacen parte del proyecto hidroeléctrico tendiente a la generación de energía que ha dejado prácticamente sin agua para el consumo humano y agropecuario a muchos de los actores de la acción de grupo; situación que sigue persistiendo y manteniendo en peligro inminente la vida, la salud, el goce de un ambiente sano, la recreación, la libertad de empresa y el medio ambiente de la comunidad afectada, hasta tanto se tomen las medidas correctivas eficientes y necesarias de conformidad con lo establecido en el bloque de constitucionalidad, la ley y las disposiciones reglamentarias.

3.? Que como consecuencia de lo anterior y en cumplimiento del principio constitucional de reparación integral y equitativa del...

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