Sentencia Nº 19 001 31 05 002 2019 00214 01 del Tribunal Superior de Popayán Sala Laboral, 13-11-2022 - Jurisprudencia - VLEX 980637671

Sentencia Nº 19 001 31 05 002 2019 00214 01 del Tribunal Superior de Popayán Sala Laboral, 13-11-2022

Sentido del falloMODIFICA SENTENCIA
Fecha13 Noviembre 2022
Número de expediente19 001 31 05 002 2019 00214 01
Número de registro81695122
Normativa aplicada1. 2. 3. Artículo 35 de la Ley 712 de 2001 por medio del cual se adicionó el artículo 66A del C.P.T. y de la S.S; artículo 164 del C.G.P; artículo 53 del C.P.T. y de la S.S modificado por el artículo 8 la ley 1149 de 2007; artículo 54 del C.P.T. y de la S.S., artículos 51 y 61 del C.P.T. y de la S.S; artículo 164 del C.G.P; artículo 60 del C.P.T. y de la S.S.; artículo 41 de la ley 712 de 2001; numeral 4º del artículo 65 del C.P.T. y de la S.; Ley 31 de 1992; literal b) del artículo 38 de la Ley 31 de 1992; artículos 22 y 25 del C.S.T.; artículo 23 del C.S.T.; artículo 34 del C.S.T., modificado por el artículo 3° del Decreto 2351 de 1965; artículo 65 del C.S. T; numerales 3° y 4° del artículo 99 de la Ley 50 de 1990.


Dra. C.C. TORO RAMÍREZ

Magistrada Ponente


Trece (13) de noviembre de dos mil veintidós (2022)


Proceso:

Ordinario Laboral de Primera Instancia

Radicación:

19 001 31 05 002 2019 00214 01

Juzgado de primera instancia:

Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Popayán– Cauca

Demandante:

SLS

Demandadas:

BANCO DE LA REPÚBLICA

ENLACE INTERACTIVO S.A.

SERVICIOS CONVERGENTES DE C.S.S. ESP

Llamada en garantía:

COMPAÑÍA ASEGURADORA DE FINANZAS S.A.

Segunda instancia:

Apelación sentencia

Asunto:

Modifica sentencia – Tercerización laboral legal – Contrato de trabajo – Solidaridad artículo 34 C.S.T.

Sentencia escrita No.

086


I. ASUNTO

De conformidad con el artículo 13 de la Ley 2213 del 13 de junio de 2022, pasa esta Sala de Decisión Laboral, a proferir sentencia escrita que resuelve el recurso de apelación formulado por los apoderados judiciales de la demandante y la demandada BANCO DE LA REPÚBLICA contra la sentencia dictada el 21 de febrero de 2022 por el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Popayán – Cauca. Asimismo, se resuelve el Grado Jurisdiccional de Consulta que sobre la misma opera en favor del BANCO DE LA REPUBLICA.




II. ANTECEDENTES

1. La demanda.

En el libelo introductorio se pretende la declaratoria de: i) la existencia de un contrato de trabajo a término indefinido entre el BANCO DE LA REPUBLICA y la DEMANDANTE (principio de primacía de la realidad sobre las formas), el cual se ejecutó aplicando la tercerización laboral sin cumplimiento de los requisitos legales, a través de las empresas ENLACE INTERACTIVO S.A. y SERVICIOS CONVERGENTES DE C.S.S. ESP, que se extendió entre el 3 de marzo de 2017 y el 31 de mayo de 2019, como encargada de oficios varios y cafetería para el BANCO DE LA REPUBLICA sede Popayán, en un horario de lunes a viernes de 7:45 am hasta 11:45 am y de 12:30 hasta 5:30 pm, y sábados desde 8:30 hasta 11:30 am.ii) que la demandante fue despedida sin justa causa y sin cumplimiento de los requisitos formales. En consecuencia, iii) se declare y condene solidariamente a ENLACE INTERACTIVO S.A., SERVICIOS CONVERGENTES DE C.S.S. ESP y el BANCO DE LA REPÚBLICA por los conceptos indicados en el acápite de pretensiones de la demanda.

2. Supuestos fácticos.

Se indica en el libelo introductorio que el BANCO DE LA REPÚBLICA celebró una serie de contratos con la empresa SERVICIOS CONVERGENTES DE C.S.S. E.S.P. (SERCON), para prestación de los servicios de aseo con atención de cafetería y servicios generales en la agencia cultural de Popayán, entre los que se resalta el contrato CT013501001400, para lo cual la empresa contrató con ENLACE INTERACTIVO S.A., con el fin de que ésta remitiera los trabajadores que serían enviados en misión a la sucursal bancaria.

En desarrollo de dichos acuerdos, el 3 de marzo de 2017 la demandante suscribió contrato individual de trabajo por obra o labor con ENLACE INTERACTIVO S.A., para prestar sus servicios personales al BANCO DE LA REPUBLICA sede...

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