Sentencia Nº 19001312100120140005100 del Tribunal Superior de Cali, 22-06-2015 - Jurisprudencia - VLEX 905271235

Sentencia Nº 19001312100120140005100 del Tribunal Superior de Cali, 22-06-2015

Fecha22 Junio 2015
Número de expediente19001312100120140005100
Número de registro81511203
EmisorTribunal Superior del Distrito Judicial de Cali (Colombia)
Normativa aplicadaLey 1448 de 2011 art. 25,74,75,77 \ Ley 387 de 1997 \ Ley 135 de 1961 \ Ley 1579 de 2012 art. 28 \ Ley 91 de 1936 art. 5
MateriaTESIS: No puede predicarse que se haya configurado el despojo jurídico del predio, que continua figurando a nombre de la solicitante; tampoco el despojo material del mismo, o su abandono forzado en términos del artículo 74 de la Ley 1448 de 2011, pues tanto la señora MARIELLA ÁLVAREZ, como la opositora y las declarantes coinciden en afirmar que la solicitante no se apartó en ningún momento del control y la administración del inmueble, que inicialmente entregó la tenencia a unos inquilinos y luego, fue su hijo FRANK ESNEIDER quien lo habitó, incluso hasta el año 2008, situación que permite anticipar que no aparece indicio alguno que el negocio jurídico que tres años después celebró con la señora MARTHA LUCIA RAMIREZ se haya realizado durante o con ocasión de la violencia generada por grupos ilegales, no encontrándose vínculo de causalidad entre esa situación y la venta. Acreditada la calidad de víctima del conflicto armado de la reclamante es posible la indemnización y satisfacción del daño sufrido.
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