Sentencia Nº 2020-0311 del Tribunal Superior de Tunja Sala Civil - Familia, 17-03-2021 - Jurisprudencia - VLEX 980644904

Sentencia Nº 2020-0311 del Tribunal Superior de Tunja Sala Civil - Familia, 17-03-2021

Sentido del falloCONFIRMA SENTENCIA
Número de registro81522059
Fecha17 Marzo 2021
Número de expediente2020-0311
Normativa aplicada1. Decreto 1260/70; Ley 45/36; Ley 1098/2006; Artículo 386-6 CGP
MateriaINVESTIGACIÓN DE LA PATERNIDAD - Recuento normativoReconocimiento Obligación Alimentaria / TESIS: ...la solicitud elevada por el apelante resulta ser infundada, pues como bien lo ha establecido el legislador hay prevalencia de los derechos de los menores y en tal sentido la fecha a partir de la cual se hace exigible la obligación alimentaria, es la misma en la cual se instaura la demanda filiatoria porque ésta lleva implícita la fijación de la mesada de alimentos. Por lo tanto, la exigibilidad y reconocimiento de los alimentos se da de manera retroactiva, pues su exigencia no nace con la sentencia declarativa del nuevo estado civil de hijo, sino en el momento mismo en el que se hace su reclamación o demanda.
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